La Asociación Bancaria de Concepción del Uruguay compartió el documento emitido por el Secretariado General Nacional, en el que se indica que “la Justicia federal de La Plata resolvió que el directorio del Nación no puede avanzar con su intento de transformar al banco en una sociedad anónima ni con su intento privatizador. Más precisamente, el juez federal de Primera Instancia, Alejo Ramos Padilla, resolvió ‘declarar que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 y la resolución 348 del directorio del BNA no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad, que solo puede llevarse mediante una ley formal, dictada por el Congreso y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional’.
En este sentdio, se indica que “los fundamentos son muy claros. La resolución número 348 del directorio del BNA, donde se contrató a un estudio jurídico (Liendo & Asociados SH) para llevar a cabo el proceso de transformación a sociedad anónima del banco, está basada en una mera interpretación que el propio directorio hace sobre el DNU 70/2023. Porque el artículo 48 del DNU no habla, en ningún momento, de entes autárquicos, en palabras del propio juez: ‘En definitiva, puede concluirse de la lectura de la norma que los entes autárquicos no fueron expresamente incluidos en el artículo 48 del decreto 70/23, lo que impediría su aplicación al BNA’.
“Asimismo, no cabe ninguna duda que el BNA es una entidad autárquica, creada por el Congreso y que, cualquier modificación al respecto, debe emanar del mismo órgano, tal como expresa el juez cuando manifiesta: ‘Por ello, debe concluirse que el BNA es una entidad autárquica, cuya creación compete al Congreso y que, por lo tanto, también es éste el único poder que tiene la facultad de revocar dicho carácter. Cualquier decisión sobre la modificación del estatus de autarquía de una entidad creada por el Congreso debe emanar exclusivamente del Poder Legislativo’. Es decir, ni el DNU 70/2023 ni la resolución número 348 tienen el poder suficiente para transformar al BNA en una sociedad anónima ni para llevar a cabo un proceso privatizador y que la única forma de poder hacerlo sería a través de una ley dictada por el Congreso de la Nación”, se consignó.