Los alquileres destinados a vivienda quedarán exentos del Impuesto a las Ganancias

Reglamentaron beneficios en Ganancias para alquileres de viviendas y operaciones inmobiliarias

El Gobierno nacional reglamentó una serie de modificaciones al Impuesto a las Ganancias que impactarán en propietarios, inquilinos e inversores del mercado inmobiliario. La medida fue establecida mediante el Decreto 406/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, y precisa el alcance de las exenciones incorporadas por la Ley de Modernización Laboral.



La normativa define las condiciones para acceder a los beneficios fiscales previstos por la ley y establece su aplicación para las ganancias generadas a partir del 1 de enero de 2026.

Exención para alquileres destinados a vivienda

Uno de los principales cambios alcanza a los ingresos obtenidos por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda permanente. Según la reglamentación, quedarán exentos del Impuesto a las Ganancias los montos percibidos por propietarios que alquilen inmuebles utilizados como casa-habitación, entendida como vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

El beneficio también comprende otros conceptos incluidos habitualmente en los contratos de locación, como el uso de mobiliario, accesorios o determinados servicios provistos por el propietario.

Además, la norma establece que no habrá límite en la cantidad de propiedades alcanzadas por la exención, siempre que todas se encuentren destinadas exclusivamente a vivienda. La franquicia fiscal regirá para las ganancias devengadas desde comienzos de este año, independientemente de la fecha de firma de los contratos.

Desde el sector inmobiliario consideran que esta medida podría contribuir a incentivar la oferta formal de viviendas en alquiler, en un mercado que atravesó importantes cambios regulatorios en los últimos años.

Beneficios para ventas y transferencias de inmuebles

El decreto también reglamenta la exención prevista para determinadas ganancias derivadas de la venta de inmuebles y de la transferencia de derechos vinculados a propiedades ubicadas en el país.

La disposición alcanza tanto a residentes argentinos como a personas radicadas en el exterior, siempre que las operaciones se ajusten a los requisitos establecidos por la legislación y se concreten a partir del 1 de enero de 2026.

Entre las operaciones comprendidas figuran las ventas de inmuebles y determinadas cesiones de derechos relacionados con propiedades, como boletos de compraventa u otros instrumentos similares.

Impacto en el mercado

La reglamentación forma parte de las medidas impulsadas por el Ejecutivo nacional para simplificar el esquema tributario y promover la actividad económica.

Especialistas sostienen que la exención sobre los alquileres podría mejorar la rentabilidad de quienes destinan inmuebles al mercado residencial, mientras que los beneficios vinculados a las operaciones de compraventa podrían aportar mayor dinamismo al sector inmobiliario.

No obstante, remarcan que el impacto efectivo de estas medidas dependerá de factores como la evolución de la economía, el acceso al financiamiento, la estabilidad de precios y el comportamiento de la oferta y la demanda en el mercado de propiedades.