A través de un proyecto de ley enviado a la Legislatura, Rogelio Frigerio propone adherir a dos artículos de la ley nacional denominada “blanqueo de capitales”. Activos ocultos y testaferros.
El blanqueo de activos que pretende el gobernador permitirá regularizar su situación fiscal a los evasores que declaren los bienes que hayan ocultado, así como blanquear un inmueble a nombre de terceros (testaferros), tal como lo reglamentó el Poder Ejecutivo Nacional, en el marco de la Ley 27.743, Bases y el Paquete Fiscal, pese a que ese beneficio, que había sido aprobado en Diputados, fue eliminado luego por el Senado durante su debate en el Congreso.
La nueva reglamentación salió publicada este miércoles en el Boletín Oficial. El cambio concreto es que hasta ahora no se podía blanquear inmuebles a nombre de terceros y ahora puede hacerlo “quien tenga el boleto de compraventa con posesión u otro compromiso similar provisto de certificación notarial con una fecha cierta”.
La trampa en la letra de la norma que permite lavar este tipo de activos, estriba en que La ley Bases dice que el que puede blanquear es el titular de los bienes o el que tiene la tenencia uso o posesión, y la reglamentación define cómo demostrar la tenencia, uso o posesión. Y recién ayer el Gobierno de Javier Milei reglamentó cómo se acredita eso: simplemente, presentando el boleto de compraventa, con firma certificada ante escribano.
En cuanto al proyecto del gobernador Frigerio, se adelantó que “quienes voluntariamente declaren la tenencia de moneda nacional, extranjera, muebles, inmuebles y demás bienes o activos en el país y en el exterior accederán a beneficios”.
Entre estos, se cuenta la excepción de pagar el impuesto sobre los ingresos brutos (IIB) y cualquier otro impuesto provincial que correspondiera, según el caso, bajo ciertas condiciones y por los períodos fiscales establecidos. La excepción será sobre el monto bruto de las operaciones que originaron los fondos con los que el bien regularizado fue adquirido o de los fondos en efectivo que sean regularizados, conforme a los términos dispuestos para el impuesto al valor agregado (IVA).
Liberados de acciones legales
Asimismo, quedarán liberados de toda acción civil por los delitos de la ley penal tributaria y demás sanciones e infracciones que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes y tenencias que se declaren. Respecto a las tenencias en el exterior, quedarán liberados de las multas y demás sanciones que pudieren corresponder en virtud de las disposiciones del código fiscal y sus modificatorias.
Para hacer efectivas estas medidas, los interesados en acceder al blanqueo deberán presentar en la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), los antecedentes y formalidades exigidas a nivel nacional.
El proyecto de ley consta de siete artículos de fondo y uno de forma. También contempla aspectos en torno al incumplimiento de los requisitos previstos en la ley nacional, faculta a la ATER a dictar las normas reglamentarias necesarias para la instrumentación e invita a los municipios a adherir a este régimen de regularización de activos.