El Estado volvió a tomar preponderancia en el manejo de las políticas de las prestadoras de servicios y limitó sus aumentos hasta fin de año.
A través de una serie de tuits, el presidente Alberto Fernández anunció que congelará hasta el 31 de diciembre las tarifas de telefonía celular y fija, los servicios de acceso a Internet y a TV paga, además de declararlos servicios públicos esenciales. “De esta manera garantizamos el acceso a los mismos para todos y todas”, puntualizó el presidente. Las empresas que prestan estos servicios no podrán en el futuro aumentar sus precios al usuario sin contar con una autorización previa del Estado. “Ante las restricciones que la pandemia nos impone, nadie deberá resignar parte de sus ingresos en afrontar aumentos en los precios de estos servicios”, dijo.
“De esta manera estamos recuperando herramientas regulatorias que el gobierno anterior quitó al Estado. El derecho de los usuarios y consumidores es un derecho constitucionalmente reconocido. En lo sucesivo, no podrá haber ningún aumento sin la previa aprobación del Estado”, añadió el mandatario. Para fundamentar la decisión, que será instrumentada a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que se publicará esta viernes a última hora, el último tuit de Fernández enfatizó: “La educación, el acceso al conocimiento, a la cultura y a la comunicación son derechos básicos que debemos preservar. Por eso hemos ordenado que de aquí en adelante haya planes inclusivos de prestación básica, universal y obligatoria para quienes menos tienen.”
El texto del DNU establece modificaciones a la ley 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). Incorpora un artículo a esa norma a través del cual otorga el “carácter de servicio público en competencia” para los servicios de las TIC y el acceso a las redes de telecomunicaciones “para y entre” sus licenciatarios. La autoridad de aplicación (en referencia al Enacom, el Ente Nacional de Comunicaciones) “garantizará su efectiva disponibilidad.” En relación con las tarifas de estos servicios, el decreto dispone que los licenciatarios “fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, deberán cubrir los costos de la explotación, tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”.
Asimismo, el DNU establece expresamente que los precios de estos “servicios públicos esenciales y estratégicos”, así como también “de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público”, serán regulados por el Enacom. “La autoridad de aplicación establecerá en la reglamentación la prestación básica universal obligatoria que deberá ser brindada en condiciones de igualdad,” agrega el texto en ese sentido.