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Concepción del Uruguay
sábado, octubre 31, 2026

Causa por las 160 viviendas: condenaron al último imputado y podría avanzar el reclamo por el dinero

La causa judicial por el desvío de fondos destinados a la construcción del barrio de 160 Viviendas de Concepción del Uruguay, ubicado frente al antiguo Hospital Urquiza, llegó a una nueva instancia con la condena del último acusado, Mario Jorge Acuña. Tras esta resolución, se abre la posibilidad de que la Fiscalía de Estado intervenga para reclamar el resarcimiento económico por los perjuicios ocasionados al patrimonio público.

El origen de la investigación




La investigación comenzó el 17 de octubre de 2018, cuando llegó al despacho de la entonces procuradora adjunta, Cecilia Goyeneche, una denuncia anónima acompañada por más de cien fojas de documentación. Entre los elementos aportados había copias de convenios, certificados de obra e informes del Registro de la Propiedad que advertían sobre presuntas irregularidades en el manejo de los fondos y la falta de ejecución de parte de las viviendas previstas.

El expediente se centró en la implementación del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales, que contemplaba dos acuerdos firmados durante 2013 entre organismos nacionales, la Unidad Ejecutora de Programas Especiales de Entre Ríos y la Municipalidad de Concepción del Uruguay.

Los convenios ACU 743/13 y ACU 1415/13 establecían la construcción de 80 viviendas cada uno, con sus respectivas obras de infraestructura. La inversión total prevista ascendía a 49.247.140 pesos.

Las irregularidades en los certificados de obra

Para ejecutar el proyecto se conformó un consorcio de gestión integrado por representantes municipales, provinciales y de los beneficiarios, que contrató a dos cooperativas de trabajo para realizar las tareas.

De acuerdo con la acusación fiscal, la maniobra consistió en incorporar información falsa en los certificados de avance de obra, documentos públicos utilizados para justificar la ejecución de los trabajos y habilitar nuevos desembolsos de fondos nacionales.

En esos informes se consignaron porcentajes de avance superiores a los efectivamente alcanzados y se incluyeron obras complementarias que no habían sido realizadas. Una de las irregularidades detectadas correspondió a uno de los módulos habitacionales, donde se informó el avance de 80 viviendas, aunque durante las inspecciones solamente se constató el inicio de 63. Las otras 17 nunca llegaron a ejecutarse.

Por estos hechos fueron imputados Mario Jorge Acuña, presidente del Consorcio de Gestión; Rodrigo Romero Oliva, secretario de esa organización; Ligia Tamara Cáceres, titular de la Cooperativa de Trabajo San Jorge; Maximiliano David Saavedra, presidente de la Cooperativa La Unión; Germán Ernesto Stegemann, maestro mayor de obras y responsable técnico del consorcio, y Claudio Martín Mazzarello, auxiliar inspector de obra de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales.

La acusación sostuvo que los involucrados sustrajeron fondos públicos que estaban bajo la administración del consorcio y debían destinarse a la construcción de las 160 viviendas y sus obras complementarias.

La condena del último acusado

El 3 de julio de 2026, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, mediante la Sentencia N° 122 y con la intervención del vocal Mariano Martínez, había homologado acuerdos de juicio abreviado para cinco de los imputados, condenados por los delitos de peculado y falsedad ideológica de documentos públicos en concurso ideal.

Mario Jorge Acuña, en cambio, había rechazado inicialmente esa posibilidad y su situación judicial quedó pendiente.

Finalmente, el exfuncionario aceptó un acuerdo de juicio abreviado presentado por su defensor, el abogado Armando D. Garin, y la representante del Ministerio Público Fiscal, la doctora Albertina Chichi.

El juez Rubén Chaia, a cargo del tribunal unipersonal, homologó el acuerdo y condenó a Acuña a tres años de prisión de ejecución condicional, por los delitos de peculado y falsedad ideológica de documentos públicos en concurso ideal.

La sentencia también establece la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y el cumplimiento de determinadas reglas de conducta, entre ellas fijar domicilio y no modificarlo sin autorización judicial.

El fallo advierte que, ante un eventual incumplimiento de esas obligaciones, previa audiencia, podrá revocarse la modalidad condicional de la pena y ordenarse su detención para que cumpla la condena en una unidad penal.

¿Qué pasará con el dinero?

Con la condena del último imputado, la causa penal alcanza a todos los acusados. Sin embargo, permanece pendiente otro aspecto central: la recuperación de los fondos públicos que debían financiar la construcción del barrio.

Según lo señalado, la Justicia penal no dispuso hasta el momento medidas destinadas a obtener la reparación económica del perjuicio ocasionado. Esa instancia podría quedar ahora en manos de la Fiscalía de Estado de Entre Ríos, organismo responsable de defender el patrimonio provincial y los intereses económicos y jurídicos del Estado.

De avanzar por esa vía, el organismo tendría la posibilidad de impulsar acciones para reclamar a los condenados la restitución del dinero y la reparación del daño económico.

De esta manera, mientras la responsabilidad penal de los involucrados quedó definida, resta determinar si el Estado provincial avanzará con un reclamo patrimonial para recuperar los recursos que debían destinarse a las 160 viviendas proyectadas en Concepción del Uruguay.