Ordenanza 3685. Promulgada el 5 de Julio de 1993. Calle: René Guadalupe Roude
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAY, ENTRE RIOS, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Art. 1º: Institúyase el nombre de RENE GUADALUPE ROUDE al camino de acceso al Balneario Camping «Banco Pelay», desde el puente sobre Arroyo Molino hasta la oficina de recepción de dicho balneario.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones – Presidente Juan Domingo Perón – del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, a los diez (10) días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres.
Fdo: Julio Argentino LAURIA – Presidente – Mario Osvaldo ANGELINI – Secretario.-
Concepción del Uruguay, 05 de Julio de 1993.-
Por Cuanto:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, ha sancionado la presente Ordenanza.
Por Tanto:
Téngase por Ordenanza Nº 3685 de esta Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
ES COPIA: BALDONI
Antonio Justo Parma