La Cámara alta dio media sanción al nuevo régimen para biodiésel y bioetanol por 41 votos a favor y 25 en contra. Durante la votación en particular se incorporaron modificaciones acordadas entre el oficialismo y sectores de la oposición. La iniciativa extiende la vigencia del régimen a 15 años y modifica progresivamente los porcentajes de mezcla obligatoria con combustibles fósiles.
Luego de una extensa jornada de debate, el Senado de la Nación aprobó en general el proyecto de una nueva Ley de Biocombustibles. La votación se realizó a las 22.17 y terminó con 41 votos afirmativos y 25 negativos.
Las diferencias que se habían planteado durante las horas previas no impidieron que el proyecto avanzara. Si bien distintos sectores de la oposición reclamaron un cuarto intermedio para introducir modificaciones, la propuesta fue rechazada por 41 votos contra 25.
Entre quienes solicitaron avanzar con una instancia de negociación estuvieron el senador entrerriano Adán Bahl y el formoseño José Mayans, quien sostuvo durante su intervención que, de aceptarse los cambios planteados, el proyecto podría alcanzar un respaldo unánime. También acompañó el pedido el radical Maximiliano Abad.
Finalmente, los acuerdos se incorporaron durante la votación en particular. Allí se introdujeron modificaciones respecto del texto original impulsado por el oficialismo, a partir de aportes realizados por distintos proyectos que se encontraban en tratamiento parlamentario desde el año pasado.
Entre las iniciativas consideradas figuraban las presentadas por Patricia Bullrich, Flavia Royón, Beatriz Ávila, José Carambia, Natalia Gadano, Alejandra Vigo, Carlos Espínola, Carlos Arce, Sonia Rojas Decut y Jorge Capitanich, entre otros legisladores.
Los cambios consensuados fueron expuestos durante la votación en particular por el senador neuquino Pablo Cervi, de La Libertad Avanza.
Los nuevos porcentajes para biodiésel y bioetanol
Uno de los principales puntos de la iniciativa es la modificación de los porcentajes de corte obligatorio de biocombustibles.
Para el biodiésel destinado a mezclarse con gasoil, el proyecto establece elevar el porcentaje obligatorio del actual 5% al 7,5%. Un año después de la sanción de la ley, el corte deberá alcanzar el 10%.
En el caso del bioetanol utilizado en las naftas, se mantiene inicialmente el corte obligatorio del 12%, pero se establece que un año después de la promulgación de la ley deberá incrementarse al 15%.
El nuevo régimen tendrá una vigencia de 15 años, mientras que el esquema actualmente vigente, establecido en 2021, tiene como horizonte el año 2030.
Cambios para las empresas no integradas
Otro de los ejes de la reforma está relacionado con la participación de las empresas no integradas en el mercado.
El proyecto habilita a que compañías no integradas puedan formar parte de grupos económicos y competir dentro del segmento abierto del mercado. A su vez, se elimina el 3% reservado exclusivamente para las empresas no integradas que no pertenecieran a esos grupos.
El texto establece además una reducción progresiva de la participación asignada a estas compañías: será del 5,5% en 2029, del 5% en 2030 y del 3% en 2031.
A partir de 2032, el proyecto establece que un 7% podrá ser comercializado entre todas las empresas. Este punto generó reparos entre senadores vinculados a provincias de la región Centro.
Como parte de los acuerdos alcanzados durante el tratamiento, se estableció también un piso mínimo de participación para las empresas no integradas del 4%, que regirá desde el 1° de enero de 2031 y hasta 2036, garantizando así una porción del mercado para este sector.
Diferencial por distancia
Entre las modificaciones incorporadas al texto quedó contemplado el denominado diferencial por distancia, un reclamo planteado especialmente por provincias como La Pampa y San Luis.
La medida apunta a contemplar las diferencias de costos que enfrentan las plantas productoras ubicadas en el interior del país frente a las grandes compañías integradas y a los centros de mayor concentración industrial.
Facultades para la Secretaría de Energía
La Secretaría de Energía será la autoridad de aplicación del nuevo régimen. El organismo tendrá facultades para modificar excepcionalmente los porcentajes obligatorios mediante una resolución fundada.
Esa posibilidad podrá utilizarse ante situaciones comprobadas de escasez que afecten el abastecimiento del mercado interno o por razones técnicas y de calidad.
El proyecto establece que una reducción excepcional del porcentaje obligatorio no podrá extenderse por más de 90 días.
Límite a la concentración del mercado
La iniciativa también incorpora un límite a la participación de las empresas elaboradoras de bioetanol. Con el objetivo de garantizar condiciones de competencia, ninguna compañía podrá superar el 20% del volumen total anual de bioetanol comercializado dentro del corte obligatorio.
La medida apunta a evitar una concentración excesiva de la oferta en pocas empresas.
Importaciones y producción nacional
El nuevo régimen contempla la posibilidad de importar biocombustibles para destinarlos a mezclas que superen los porcentajes obligatorios. También podrán utilizarse importaciones cuando exista una oferta insuficiente para cubrir la demanda correspondiente al corte obligatorio.
Sin embargo, el proyecto establece una condición para el cumplimiento de los porcentajes obligatorios: los biocombustibles utilizados para las mezclas con combustibles fósiles deberán ser producidos en plantas habilitadas radicadas en la Argentina y elaborados a partir de materias primas de origen nacional.
Subastas para determinar la comercialización
Otro de los cambios previstos es la creación de un mecanismo de subastas a través de un Mercado Electrónico, que deberá concentrar la comercialización correspondiente al cumplimiento mensual de las mezclas obligatorias.
El sistema deberá ser único, transparente y de acceso público, y estará a cargo de un organismo independiente con experiencia comprobada en la negociación de productos energéticos, agropecuarios, financieros u otros mercados.
El proyecto establece que el mecanismo deberá operar bajo estándares internacionales de comercialización.
Participación de las provincias
La iniciativa también habilita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a establecer sus propios regímenes de promoción.
Estos mecanismos podrán contemplar nuevas bocas de expendio destinadas a favorecer, de manera opcional e incremental, la comercialización de combustibles con porcentajes de biocombustibles superiores a los mínimos establecidos por la normativa nacional.
Con la media sanción del Senado, el proyecto deberá continuar ahora su recorrido parlamentario para completar el tratamiento legislativo correspondiente.









