Visto bueno para que vuelvan las competencias

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La medida inicial es para el retorno y será sin público en los diferentes deportes de contacto.

Desde ayer en todo el ejido de Concepción del Uruguay se podrá realizar competencias, sin presencia de público, en las distintas disciplinas deportivas. Así lo destaca la Resolución Nº 12/2021 que firmó ayer de tarde el intendente municipal Dr. Martín Oliva.
Será bajo un protocolo sanitario aprobado por el COE local y que deberá ser aplicado en cada disciplina que se dispute.
En su parte resolutiva destaca:
Artículo 1°: Establécese el reinicio de las actividades deportivas y competencias a partir del día 01 de febrero de 2021 en el ejido de la ciudad de Concepción del Uruguay, según las modalidades, protocolos y autorizaciones que se estipulan en la presente resolución.
Artículo 2°: Autorízase el reinicio de los deportes grupales e individuales al aire libre, sin la presencia de público, con contacto y/o con elementos compartidos, previa aprobación del COES local.
Artículo 3°: Autorízase el reinicio de los deportes grupales e individuales en espacios cerrados, sin la presencia de público, con contacto y/o con elementos compartidos, con un límite máximo de 10 participantes, previa aprobación del COES local.
Artículo 4º: Determínase que cada institución organizadora (club, asociación, ligas y/o federaciones) deberá solicitar, obligatoriamente, la correspondiente autorización al COES local, así como también a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, para realizar competencias, torneos y eventos deportivos. En caso de no poseer la habilitación requerida tanto como la aprobación pertinente del correspondiente protocolo, se establece de manera taxativa mediante la presente, la prohibición del desarrollo de cualquiera de las actividades precedentemente mencionadas.
Artículo 5°: Determínase que ante el incumplimiento de lo normado en el Artículo precedente, las instituciones, organizaciones y/o responsables del evento organizado, serán pasibles de las sanciones previstas en la legislación vigente.
Aertículo 6°: Apruébese el Anexo I de la presente como parte integrante de la presente resolución.