Yo digo… ¿Es posible reducir los incendios forestales? – (Primera Parte)

Por Andrés Asiain

La ocurrencia de incendios intencionales en el país con el objetivo de modificar el uso del suelo para adaptarlos a actividades productivas ha tiendo un aumento preocupante en la última década. Cuando un bosque nativo puede ser convertido en tierra agrícola, ganadera, forestal o inmobiliaria, existe para su propietario un “costo de oportunidad” para no conservarlo y destinarlo a otros usos.
El continuo aumento del precio de los “commodities”, especialmente los forestales y los monocultivos, son una fuerte presión para que los dueños de la tierra vean su preservación como una “pérdida económica”.
Mientras miles de hectáreas se consumen en las islas del Delta, las autoridades políticas se reprochan culpas y la Justicia parece tener vendados los brazos o la voluntad antes que los ojos.
Un problema profundo de la política ambiental no es la falta de normativa, sino más bien la inacción de la Justicia ante estos delitos debido a su sumisión ante los poderes fácticos.
A lo que se añade la falta de recursos para fiscalización y control de la normativa existente por parte de los gobiernos, lo que favorece a quienes realizan conductas ilegales y antisociales.



Presión de la frontera ganadera
Desde el área ambiental del Centro de Estudios Económicos y Sociales Scalabrini Ortiz proponemos la pertinencia de diseñar un instrumento económico que beneficie impositivamente a quienes no incurran en la práctica de incendios intencionales, y que se desgrave una parte de los impuestos directos inmobiliarios a los propietarios de zonas de alta incidencia de incendios. En este sentido, la zona del humedal del delta del Paraná es la mejor opción para poner a prueba una política pública de este tipo debido al descontrol de los incendios actuales.
La idea del diseño de un instrumento de esta naturaleza se puede relacionar a experiencias previas y exitosas como la Ley de Conservación del Suelo 8.318 de Entre Ríos; en la que se otorga una reducción diferencial en el impuesto inmobiliario rural sujeto a la aplicación y manejo de prácticas conservacionistas específicas destinadas a proteger los suelos de la degradación.
Este antecedente favorece el diseño de instrumentos económico-fiscales adecuados a este ecosistema. Si bien la práctica de las quemas y fuegos intencionales está extendida en la zona del delta, especialmente por las presiones de la ampliación de la frontera ganadera, no todos los propietarios del humedal recurren a las quemas.
De allí que, si se diera un beneficio impositivo generalizado que pueden aprovechar tanto quienes recurren a estas prácticas como quienes no lo hacen; estaríamos generando un problema fiscal a los municipios y a la provincia, al erosionar la base imponible, afectando por lo tanto a las arcas públicas.
La quema intencional en zonas rurales debe sólo ocurrir con los premisos reglamentarios y ante situaciones específicas autorizadas. Dar un crédito fiscal por no cometer una irregularidad, estar en falta o directamente cometer un delito penal es diferente al espíritu de la Ley de Manejo del Suelo que favorece impositivamente a la elección de ciertos tipos de manejo y uso del suelo.

Los costos del control
Un incentivo fiscal para un área tan extensa como el delta del Paraná involucra a tres agencias provinciales de recaudación y muchos municipios. El cálculo de los impuestos y su posible reducción con un incentivo de este tipo lleva meses de elaboración. Y existe un largo período de tiempo entre la imputación y la recaudación efectiva de estos tributos. En ese lapso se debería fiscalizar en todo el humedal que quienes reciben el crédito fiscal no hayan realizado quemas. Esto requiere de una fuerte capacidad de control territorial.
Otra opción de fiscalización puede ser a través de un sistema de declaraciones juradas por parte de los propietarios. Pero si las DD.JJ. no son acompañadas de un sistema real de verificación existe una alta probabilidad de que sean utilizadas para reducir las obligaciones fiscales en tanto se continúe con los incendios.
El incentivo que proponemos evita generarle más gastos al Estado para controlar que un sector (ya de por sí privilegiado) no cometa eventualmente dos delitos: los incendios y el intento de beneficiarse con la quita de impuestos que no le corresponden. Pero, al mismo tiene un atractivo económico real para los propietarios. Ya un estudio del INTA indicaba que, ante una situación de presión ganadera, agrícola e inmobiliaria, sumado a la ineficacia de acción de la Justicia, “los incentivos a las quemas son mayores a las posibles ganancias por mejoras en el impuesto rural”.