Ya no es necesario presentar un test PCR ni de antígenos para ingresar a Uruguay. Según el decreto firmado el viernes pasado por el presidente de la República Luis Lacalle Pou, el gobierno considera que “resulta necesario y conveniente actualizar el marco normativo referido, adecuándolo a la evaluación de las medidas adoptadas y la evolución de la pandemia que motiva la situación de emergencia nacional sanitaria”.
El documento indica que se sustituye parte del decreto 195/020, del 15 de julio de 2020, que rige las normas de ingreso al país en el marco de la emergencia sanitaria. Este tipo de medidas, en conjunto con la diferencia cambiaria, favorecen que el turismo de uruguayos deje de ser dentro de su propio país y que recurran a Argentina.
El intendente de Salto, Uruguay, Andrés Lima, confirmó también que a partir de abril se podría cruzar de Argentina a Uruguay simplemente exhibiendo la constancia de estar vacunado.
En declaraciones a la prensa, el mandatario uruguayo confirmó hace unos días: “En este caso, simplemente exhibiendo la constancia de estar vacunado se podría cruzar de Argentina a Uruguay.
Es algo que empezaría a correr desde este mes y la única duda que tenemos es si será antes de la Semana del Turismo o con posterioridad a la misma”.
En la rueda de prensa dijo que “cuanto más se flexibilice el ingreso y se les facilite la vida a los turistas, es mejor para el sector. Pero tiene un fondo sanitario que tiene que resolverlo el MSP”.
Por su parte, el ministro de la cartera, Daniel Salinas, declaró que el cese de la emergencia sanitaria “es un tema de agenda para cuando pase la ola de Ómicron y se llegue, en marzo, a importantes guarismos vacunales”, informó La Diaria.
Quienes no hayan cursado la enfermedad covid-19 dentro de los últimos 10 a 90 días previos al embarque o arribo al país y tampoco acrediten haber recibido la única dosis o las dos dosis, según corresponda al tipo de vacuna suministrada, contra el virus sars coV-2 aprobadas por su país de origen, deberán adicionalmente acreditar un resultado negativo de test de detección de virus sars cov-2 (por técnica de biología molecular PCR-RT, antígenos o técnicas de diagnóstico que fueran aprobadas por el Ministerio de Salud Pública), realizado no más de 72 horas antes del inicio del viaje (siempre que el pasajero esté en tránsito), en un laboratorio habilitado en el país de origen o tránsito.
Quedan exceptuados de la obligación establecida en el presente literal, los menores de 6 años de edad.
Ya no es necesario el test si la persona está vacunada
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