Los damnificados entienden que existió un accionar irregular por parte de la agente judicial.
Juan Carlos Romero, Juan Carlos Rodríguez, Cesar Román y Roque Minatta, víctimas en el juicio conocido como “Mimeógrafo 3”, pidieron este lunes por la mañana la recusación de la fiscal federal María de los Milagros Squivo.
En el escrito al que tuvo acceso LA CALLE y fue presentado por las víctimas, con el patrocinio de los abogados Ana Lucía Tejera y Marcelo Boeykens, hicieron referencia a la irregular actuación de la fiscal a lo largo de toda la causa; en la que se investigan las responsabilidades de Luís Oscar Varela y Jorge Alberto Rodríguez como ex integrantes del grupo de tareas de la Policía Federal Argentina de Concepción del Uruguay.
El Tribunal Oral Federal que funciona en Galarza y Supremo Entrerriano, tendría que haber iniciado, el lunes 6 de septiembre, el juicio por delitos de lesa humanidad contra dos uniformados; por los secuestros y las torturas aplicadas a un grupo de estudiantes secundarios durante la última dictadura cívico-militar.
A fines de agosto, Squivo pidió que se aparten a dos jueces integrantes del tribunal conformado para este caso, Lilia Carnero y Jorge Gallino. La fiscal argumentó que el magistrado había participado en el primer juicio y la magistrada en el segundo. Esta decisión fue rápidamente cuestionada, ya que las defensas de los acusados no habían realizado ningún pedido similar.
En el escrito presentado ayer por los representantes legales de las víctimas, realizaron un recorrido pormenorizado de los tiempos judiciales que transitó Squivo, hasta que finalmente logró aplazar el inicio del debate oral:
“Que en fecha 19 de agosto de 2021 se dispone la siguiente resolución, la que se transcribe en su parte pertinente: Advirtiendo que los Sres. Vocales han tomado conocimiento de los extremos invocados en la providencia anterior y no habiendo efectuado manifestación alguna, prosigan los autos según su estado”.
“Que se fija fecha de juicio oral para los días para los días 15, 18 y 19 de octubre de 2021”.
“Que luego se adelanta la fecha de juicio oral para los días 6, 7, 8 y 9 de septiembre de 2021”.
“Que nuevamente y a pesar de haberse puesto en conocimiento de las partes a instancias de la misma fiscal en fecha 3 de agosto de 2021 la pretendida inhibición y en su caso recusación de los jueces Carnero y Gallino, ninguna de las partes se expidió al respecto, consolidándose el tribunal y precluyendo tal posibilidad”.
“Que no obstante ello la fiscal insistió con la inhibición en fecha 27 de agosto, esto es a 8 días del comienzo del debate oral, a pesar de haber quedado indemne la constitución primigenia del tribunal, pues los vocales no se inhibieron ni las partes los recusaron, tal lo dispuesto en resolución de fecha 19 de agosto arriba señalada”.
“Que ante ello una de las defensas articuló la recusación de los vocales Carnero y Gallino, debiendo suspenderse el debate oral para su resolución resultando en consecuencia la inhibición por parte de los propios magistrados.
Que a la fecha de ésta presentación ya se tiene conformado el nuevo tribunal”.
“Que no habiendo sido fijada fecha de juicio oral con el nuevo tribunal, es oportuno impetrar en esta instancia la recusación de la cuestionada fiscal Squivo”.
Falta de objetividad de la fiscal
Además, Romero, Rodríguez y Minatta, dejaron en claro en la recusaciones que la fiscal no tuvo hasta el momento un comportamiento objetivo durante su desempeño en la causa: “No es menor que la fiscal le manifestó al testigo victima Juan Carlos Romero que el Manchado Rodríguez nada tenía que ver con el hecho que narraba y que como Policía Federal trabajaba codo a codo con la Fiscalía Federal, desligando de facto la responsabilidad de los hoy encartados y por tanto no investigando lo que debía investigar.
Que el hecho de no citarlos a indagatorias, cuando se ordenaba la investigación, es demostrativo también de su opinión sobre el proceso, la fiscal no está convencida de las causas de lesa, no está convencida ni cree en la presunta responsabilidad de los imputados, por tanto difícilmente pueda llevar adelante la acusación pública en un debate oral.
Que desde ya como testigos-víctimas consideramos que existen causales más que suficientes para denunciar a la fiscal por incumplimiento en sus deberes de funcionaria y pedir su jury. Pero aquí y ahora impetramos su recusación dentro de los escasos márgenes que la ley prescribe y así solicitamos se resuelva, designando en su hora un/a nuevo/a fiscal/a”.
Nombre de la causa
El juicio conocido como “Mimeógrafo3” es el tercer tramo de la causa que investiga los acontecimientos ocurridos el 19 de julio de 1976, cuando una patota secuestró a un grupo de estudiantes secundarios y jóvenes militantes de la JP en Concepción del Uruguay. El nombre se debe a que la patota se llevó un mimeógrafo la noche de los allanamientos.
Las víctimas permanecieron en cautiverio varios días y fueron torturadas dentro de la sede policial, ubicada en la esquina de San Martín y Artigas. Con el paso del tiempo fueron liberados bajo estrecha vigilancia.