La magistrada Laura De Marinis tomó la decisión en una causa por tentativa de robo. El fallo cuestionó la aplicación de la nueva normativa para este caso particular y sostuvo que la reducción de la edad de responsabilidad penal resulta regresiva frente a normas de jerarquía constitucional.
Una nueva resolución judicial volvió a poner bajo discusión la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil. La jueza Laura Beatriz De Marinis, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N.º 3 de la Ciudad de Buenos Aires, declaró inconstitucional la aplicación de la nueva normativa en un caso concreto y dispuso el sobreseimiento de un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo.
La decisión se convirtió en un nuevo antecedente judicial contra la aplicación de la reducción de la edad de responsabilidad penal, luego de que en la provincia de Buenos Aires se produjera otro planteo similar, aunque con un alcance diferente. A diferencia de aquella resolución, el fallo porteño no suspende la vigencia de la ley de manera general y sus efectos se circunscriben al expediente analizado.
La causa por tentativa de robo
El expediente se inició a partir de la denuncia de un hombre de 47 años, quien relató que mientras caminaba por la vía pública observó a un grupo de jóvenes y que uno de ellos se acercó para exigirle que entregara sus pertenencias.
Según consta en la causa, el hombre logró alejarse del lugar y pedir asistencia a un efectivo de la Policía de la Ciudad, por lo que el robo no llegó a concretarse. La investigación fue caratulada como tentativa de robo y uno de los involucrados era un adolescente de 14 años.
Al analizar el expediente, la magistrada consideró que correspondía declarar la inconstitucionalidad de la aplicación del nuevo régimen respecto del adolescente y disponer su sobreseimiento.
Los argumentos de la magistrada
En su resolución, De Marinis sostuvo que la reducción de la edad mínima de responsabilidad penal debe analizarse a la luz de los principios de protección integral de niños y adolescentes y de las normas internacionales incorporadas a la Constitución Nacional.
La jueza planteó además que, frente a conductas protagonizadas por adolescentes que todavía no alcanzan la edad que considera compatible con el sistema penal, el Estado debe priorizar mecanismos de asistencia y protección de derechos antes que recurrir a la respuesta punitiva.
En esa línea, el fallo cuestionó que la incorporación de adolescentes al sistema penal pueda funcionar como respuesta frente a situaciones que, según la magistrada, también requieren intervención de las instituciones responsables de la protección de niños y jóvenes.
Un fallo que no suspende la ley
La resolución genera un nuevo antecedente en el debate sobre el Régimen Penal Juvenil, pero no implica la suspensión de la normativa en todo el país ni en la Ciudad de Buenos Aires.
El pronunciamiento se refiere específicamente al adolescente involucrado en esta causa. Por ese motivo, la vigencia general del nuevo régimen continúa, mientras el fallo puede ser revisado por instancias superiores.
La decisión también provocó cuestionamientos de funcionarios porteños y dirigentes oficialistas que respaldan la nueva normativa. El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, y la senadora Patricia Bullrich se pronunciaron públicamente sobre el fallo.










