Toman medidas para evitar la propagación

El decreto estará vigente está el 2 de noviembre.

Tal como adelantamos ayer, el COES resolvió adoptar algunas medidas para limitar a los uruguayenses y evitar que continúen los contagios.

Luego de reunirse el Comité de Emergencia Sanitaria (COES) local, autoridades judiciales y fuerzas de seguridad con el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) se definió en conjunto adoptar medidas preventivas que se aplicarán en la ciudad hasta el lunes 2 de noviembre.
El objetivo es mitigar la propagación del covid- 19, cuidar la salud de los uruguayenses, como, también, salvaguardar a la economía local y regional.
Atento a la sugerencia, el Ejecutivo dictó el decreto número 26.529 que apunta fundamentalmente a evitar la aglomeración de personas en los espacios públicos.
Por el incremento de contagios en Concepción del Uruguay durante los últimos días, el DEM estableció nuevas medidas priorizando el cumplimiento del distanciamiento social, a fin de evitar la propagación del virus, preservar de esa manera a la población y evitar la saturación del sistema sanitario local. De lo contrario se vería seriamente comprometida la salud de todos.
En este sentido, se firmó ayer el decreto 26.529 que dispone:
-La prohibición de permanencia de personas en los espacios públicos, comprendiendo plazas y parques, permitiéndose la circulación con el estricto cumplimiento de los protocolos establecidos oportunamente.
-Las playas se encontrarán cerradas para el acceso al público.
-En el caso puntual de la Isla del Puerto, se podrá realizar la práctica de caminatas, trotes y ciclismo. No se permitirá el acceso en auto o moto. Quienes concurran a los paradores emplazados en la avenida costanera deberán hacerlo previa reserva.
-Los clubes náuticos, marinas, guarderías náuticas y espacios destinados al bajado de embarcaciones no podrán despacharlas con fines recreativos y/o para esparcimiento. Sólo podrán hacerlo aquellas personas que posean carnet de pesca artesanal otorgado oficialmente, y/o deportistas federados de mediano y alto rendimiento que participan en selectivos y competencias internacionales.
-Se limita la circulación en el ámbito de la ciudad y por el tiempo establecido, en el horario comprendido entre la 1:00 y las 6:00. A excepción de las personas que desarrollan actividades esenciales.
– Quienes no cumplan con lo establecido serán pasibles de las multas y sanciones que correspondan en el ámbito municipal y alcanzados por lo dispuesto en los artículos número 205 y 239 y concordantes del Código Penal Argentino (CPA). En este último caso, se recordó que la autoridad de aplicación es la Justicia Federal.