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Concepción del Uruguay
domingo, mayo 18, 2025

Se oficializó la apertura gradual de fronteras

El Gobierno decidió flexibilizar los requerimientos ante la buena situación sanitaria.

El Gobierno nacional flexibilizó este jueves el ingreso al país y estableció nuevas medidas de sanidad en las fronteras, al considerar necesario «una paulatina y gradual reducción de los requisitos impuestos» por la normativa de emergencia dispuesta por el coronavirus.
Desde el ministerio de Salud, informaron que «se trata de un conjunto de medidas tendientes a simplificar los requisitos impuestos por la normativa de emergencia de Covid-19». «Argentina se encuentra transitando una situación epidemiológica favorable con 11 semanas consecutivas de descenso en el número de casos de Covid-19 y con importantes avances en la estrategia de vacunación, que cuenta con niveles de cobertura del 89,4% en población general con primera dosis, y del 80,5% con esquemas completos», destacó un comunicado de prensa de la cartera que encabeza Vizzotti.
Por su parte, la Directora Nacional de Migraciones, Florencia Carignano, celebró en su cuenta de Twitter la noticia y sostuvo «por fin llegó la normalidad».
Las nuevas disposiciones son las siguientes: Los argentinos, argentinas o residentes deberán completar, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la declaración jurada electrónica (DDJJ) declarando su estado de vacunación.

 Las personas extranjeras no residentes deberán completar también, dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje, la DDJJ, declarando su estado de vacunación y deberán tener un seguro de salud Covid-19 con cobertura de servicios de internación, aislamiento y/o traslados sanitarios.

 Quedarán exceptuados de esta medida aquellos extranjeros de nacionalidad ucraniana, o provenientes de Ucrania, que hayan emigrado con motivo del conflicto bélico.

 Aquellas personas, sean residentes o extranjeros, que ingresen al territorio nacional por vía terrestre y por un plazo menor a 24 horas quedarán eximidas de lo solicitado anteriormente.

 Los operadores de transporte, transportistas y tripulantes deberán también completar la declaración jurada electrónica dentro de las 48 horas previas al inicio del viaje.

 Ya no será necesaria la habilitación de los puntos de ingreso al territorio nacional en carácter de «corredor seguro», como tampoco deberá mediar intervención de la autoridad sanitaria para posteriores habilitaciones.
No obstante, si la situación epidemiológica lo requiere, las medidas de prevención podrán ser nuevamente instauradas.

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