Desde la Coordinación Provincial de Juicio por Jurados del Poder Judicial de Entre Ríos se informó que personal de las Oficinas de Gestión de Audiencias (OGA) y del Área de Juicio por Jurados se contacta con las personas seleccionadas mediante el sorteo público, realizado el 22 de mayo pasado, en la Lotería Provincial, para integrar el listado de ciudadanos/as, que podrán ser convocados/as, durante el bienio 2025/2026, para participar como jurado popular en un juicio criminal.
A las personas, que resultaron sorteadas, se les explica, al ser contactadas, que deberán completar una declaración jurada de manera presencial o virtual.
Se trata de respuestas a una serie de preguntas muy simples, para determinar si existe algún impedimento legal para desempeñarse como jurado. La comunicación, como habilita la ley, puede realizarse por cualquier medio: de manera presencial, por teléfono, whatsapp, correo electrónico o mediante sociales.
Para descartar una estafa de las denominadas virtuales, se sugiere llamar al teléfono desde el que se contacta a las personas seleccionadas, que podrán pedir toda la información para lograr tranquilidad.
También podrán acercarse a las dependencias del Poder Judicial local o ingresar al sitio web del Poder Judicial, al ingresar por Google y colocar Poder Judicial de Entre Ríos, encontrando rápidamente el logo de Juicio por Jurados y accediendo a toda la información. Link: https://www.jusentrerios.gov.ar/ciudadanos-sorteados/
El juicio por jurados se implementó en Entre Ríos con la aprobación de la ley 10.746. El sistema de juzgamiento consiste en la participación ciudadana, mediante el azar, en la administración de la justicia en los juicios por los delitos penales más graves.
De esa forma 12 personas (seis mujeres y seis hombres), luego de escuchar y observar la prueba, deliberan en forma secreta y deciden -sin emitir fundamentos- sobre la culpabilidad o no culpabilidad de la acusada, con la previa conducción de una jueza o un juez, que les explicará el procedimiento y el derecho aplicable al caso.
La participación ciudadana como jurado en los juicios penales es una carga pública: es decir, no es optativo. Nadie puede negarse, salvo impedimento legal. Juzgar a sus pares, también, es un derecho de todo ciudadano y de toda ciudadana.
Toda persona, que participa en un juicio por jurado, percibe una remuneración por cada día de audiencia. Al ser una carga pública, las personas en relación de dependencia no pueden sufrir sanciones ni descuentos en sus trabajos.