Salud. Se desestimó el amparo por el pase sanitario

Buscando resguardar la salud.

El STJ rechazó el recurso de apelación contra la sentencia dictada por el juez de Ejecución y Medidas de Seguridad Nº 3 de Concordia, Juan Ignacio Lazzáneo, que decidió no hacer lugar a la acción de amparo presentada por un grupo de personas contra el gobierno de Entre Ríos, planteando la inconstitucionalidad del decreto Nº 4078/21, que establece la implementación del pase sanitario en el marco de la pandemia Covid -19.
El vocal Daniel Carubia argumentó que “es necesario poner de relieve que en este caso concreto, la improcedencia de esta excepcional acción de amparo resulta evidente”. Según Carubia no pueden los actores alegar “una afectación a derecho constitucional alguno, sino que, por el contrario, se observa una prevalencia de, no solamente el derecho a la salud por sobre el resto, sino del excelso derecho constitucional a la vida, que se erige en el presupuesto ineludible del resto del abanico de derechos y garantías, los cuales no son absolutos, sino que se ejercen conforme a las leyes que los reglamentan”.