Las defensas de cuatro personas involucradas en la causa contratos, solicitaron el levantamiento de medidas cautelares y de sobreseimiento de una.
El primer pedido se realizó en función del tiempo trascurrido desde la aplicación de las medidas y la incertidumbre sobre el fututo del proceso, puesto que, en este momento la causa está en la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) por un conflicto positivo de jurisdicción entre la Justicia Federal y la ordinaria.
El defensor Emilio Fouces lo hizo por Sergio Cardoso, la esposa de éste, Sandra Marozzini y Gustavo Falco, en tanto que su par, Daniel Rosatelli, lo hizo en representación de Micaela Banegas. Las dos mujeres están involucradas por ser parejas de imputados, pero no se formuló acusación contra ellas. El segundo pedido fue el de sobreseimiento de Falco, de profesión contador, en función de que el Ministerio Público Fiscal (MPF) adelantó que no mantendrá acusación respecto de él.
“Muertos civiles”
La jueza de Garantías de Paraná, Marina Barbagelata, resolvió rechazar todos los planteos. Así, entendió que las razones de la fiscal, Patricia Yedro, y de los letrados de la Fiscalía de Estado, solicitando su desestimación, tenían entidad. La jueza sostuvo que, respecto del planteo del MPF acerca de la pérdida de jurisdicción, que la tenía, que aún no fue despojada de ella, pero que estaba impedida de proceder porque aún no se resolvió el conflicto de competencia. Entendió que no se podía abocar a la cuestión de fondo porque, en ese caso debería abordar cuestiones de hecho y prueba, para lo que el estado de la causa no lo permite, precisamente por el planteo de las defensas respecto a que se trataría de un delito electoral y trabaron el conflicto de competencia.
Las defensas señalaron que los embargos, que datan de 2019, le dieron el status de “muertos civiles” a sus defendidos, puesto que no pueden acceder al uso de sus bienes para hacer frente a las cotidianeidades de la vida. En el caso de Falco, se destacó que es un profesional de las ciencias económicas y que Fiscalía no iba a mantener cargos en su contra. No obstante, por el mismo conflicto de competencia, Yedro señaló que en el caso que la Justicia ordinaria pierda la jurisdicción y detrimento de la Federal, el fiscal federal podría considerar que en aquel fuero el comportamiento de Falco podría incurrir en un delito, por lo que sería prematuro desvincularlo del proceso cuando aún no se ha definido qué hecho que se va a imputar.
El viernes 12 de abril de 2019, Barbagelata, decretó el embargo preventivo de 14 personas imputadas en la mega causa conocida como Contratos Truchos en la Legislatura. Así, decretó “el embargo preventivo de los fondos que hubiera o que ingresaran posteriormente en las cuentas que más adelante se individualizarán por la suma de 2.000.000.000 de pesos con más la suma de 1.000.000.000 de pesos en concepto de intereses a la fecha en que se decrete la medida, multas prevista en el Código Penal, y costas del proceso; de los fondos que hubiera, o que ingresaran posteriormente, en las cuentas en la parte proporcional que corresponde por Ley de Flavia Beckman, María Victoria Álvarez, Esteban Scialocomo, Hugo Mena, Sergio Cardoso, Alfredo Bilbao, Verónica Caíno, Ariel Faure, Jorge Badallares, Pedro Opromolla, Nicolás Beber, Guido Krapp, Renato Mansilla y María Jazmín Mena Gioveni”.
El 6 de septiembre de 2019, la vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Carolina Castagno, resolvió ayer “hacer lugar parcialmente” a los recursos de apelación interpuestos por Miguel Ángel Cullen, a favor de sus defendidos Juan Pablo Aguilera, Alejandro Almada y Jorge De Breuil; Patricia Valin y Guillermo Vartorelli, por Gustavo Pérez y Verónica Caíno; de Cullen y Valin, por Guido Krapp y Pedro Opromolla; de Emilio Fouces, por Sergio Cardozo, Sandra Marozzini y Héctor Falco; de Andrés Bacigalupo, por Renato Mansilla; de Leonardo Schoenfeld y José Velázquez, por Jorge Balladares y María Jazmín Mena Giovenni; y de Iván Vernengo y Damián Petenatti, a favor de Julia Vainstein y Alfredo Bilbao, contra la sentencia dictada por Barbagelata, el 12 de abril, y sus modificatorias del 10 de mayo y del 26 de junio de 2019.