La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de una miel, por considerar que presentaba irregularidades en su rótulo y composición y que, como tal, se trata de “un producto ilegal”.
El producto en cuestión es la miel La Tranquera, elaborada por Omar González en Belgrano 17 Bis – 2128, de Arroyo Seco. Según el artículo 1 de la disposición 9312/2022, publicada en el Boletín Oficial, carece “de registro de establecimiento y de producto” y está “falsamente rotulado”.
De acuerdo con el escrito, esa miel “exhibe en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto y vencido” y, en paralelo, contiene “hidroximetilfurfural (HMF, a raíz de la descomposición de azúcares) en un porcentaje superior al permitido por el CAA”.
En el artículo 2, en tanto, se prohibió también “la comercialización de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE 21-062424 y RNPA 21-088970, por ser productos falsamente rotulados que utilizan un número de RNE inexistente y un RNPA vencido”.
La investigación comenzó a raíz de una notificación de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (Assal), donde se denunció que no cumplía con la normativa alimentaria vigente.
En ese marco, se tomaron muestras oficiales, analizadas por ese organismo y, además de los problemas en la rotulación, se determinó la “presencia de glucosa en su composición y 79,2 miligramos HMF por kilogramos miel” y se procedió al “decomiso, desnaturalización y destino final” del producto circulante.