Preocupa la bajante del río Uruguay y piden colaboración

A modo de protección de los recursos ícticos, desde la CARU brindaron recomendaciones y alertas para la población.

Desde que comenzó la crisis ídrica en la baja Cuenca del Plata en 2019, la cual se mantiene hasta la fecha, y aún en el marco de las restricciones impuestas por la crisis del Covid-19, la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) sigue con atención la evolución de los acontecimientos hidrológicos salientes, en tanto los mismos son relevantes y conllevan al establecimiento de medidas precautorias que aseguren la conservación y preservación de los recursos vivos.
La información hidrológica y meteorológica disponible reportada por la CARU y organismos de incumbencia nacionales e internacionales puntualizan que en la cuenca del río Uruguay se prevén condiciones deficitarias de precipitación para los próximos meses, por lo que hay un 97% de probabilidad de que ocurra la fase negativa del ENSO (conocido como “Fenómeno de La Niña”) y se continúen registrando niveles hidrométricos inferiores a los normales.
De los trabajos de relevamiento de los recursos ícticos que la CARU ha desarrollado durante los últimos 25 años, se desprende que la continuidad del escenario de bajante sostenida en toda la Cuenca del Plata durante los años 2019 y 2020 puede constituir una amenaza potencial para las poblaciones de peces en general, y para las de interés deportivo y comercial en particular, dado que estas últimas son especies que dependen de caudales de cierta magnitud para alcanzar el éxito reproductivo.
Por otra parte, la bajante pronunciada y sostenida expone a los peces a un mayor estrés y mortalidad natural, así como a una mayor vulnerabilidad a la captura, lo que hace necesario el estricto cumplimiento de las medidas de protección vigentes para su conservación.
Cabe recordar que quienes desarrollan actividades de pesca en aguas del río Uruguay así como de su cuenca, deben respetar estrictamente la normativa en relación con la prohibición de captura y medidas mínimas de captura de las especies que requieran una tutela especial.