Como resultado del otorgamiento de esta prórroga, se excluye la posibilidad de una extensión extraordinaria de 30 días que concede el sistema habitual de declaraciones juradas.
La disposición se fundamenta en las “posibles derivaciones en el ámbito de la exportación de granos y subproductos” de la sequía que afecta al país, y responde a una presentación de la situación del Centro de Exportadores de Cereales (CEC).
“Siendo el maíz un producto que se ve altamente afectado por esta condición climática, resulta necesario adoptar medidas concretas a los fines de contener las consecuencias que pudieran ocasionar y sus implicancias en el escenario de la exportación agrícola”, señalan los considerandos de la resolución.
Como resultado, Agricultura entiende que la prorroga permitirá “fomentar el cuidado de todos los agentes intervinientes en la cadena de comercio de granos”, protegiendo al mercado interno y, al mismo tiempo, sin afectar la “operatoria vinculada con el mercado exterior”.
Asimismo, se subraya que esta extensión extraordinaria no será de aplicación para las declaraciones registradas con posteridad a hoy, ya que se entiende que las firmas registrantes “ya cuentan con el pleno conocimiento de la situación por la que atraviesa el país”.










