Podrían ser juzgados en Concepción del Uruguay

Una de las audencias del caso que se analiza traer a la ciudad.

Por la difusión que tuvo el caso no sería posible constituir un jurado imparcial en la capital de Entre Ríos.

Tras la anulación del veredicto de un jurado popular que encontró culpables a los cuatro acusados, ayer el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Grippo, hizo lugar al pedido de tres defensas que argumentaron que por la difusión que tuvo el caso no sería posible constituir un jurado imparcial con vecinos de Paraná que no estén en conocimiento de las instancias del proceso, tal como lo dispone la Ley de Juicio por Jurados, y dispuso la prórroga de jurisdicción para la realización de un nuevo debate ante un nuevo jurado. Entre las posibles jurisdicciones, por condiciones de infraestructura y edilicias, se mencionó a Concepción del Uruguay. También se mencionó Gualeguaychú, Gualeguay y Concordia.
El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Grippo, dispuso ayer “hacer lugar al planteo defensivo formulado por Eduardo Gerard, Tulio Kamlofsky, Constanza Bonazzola y Claudio Berón, defensores de los imputados Gustavo Adrián Cabrera, Alfonso Martín Mildemberger y Héctor Emanuel Cejas -respectivamente-“ y en consecuencia, dispuso “la prórroga de la jurisdicción” y remitió las actuaciones para que se “confeccione un informe respecto a la disponibilidad y condiciones de otra jurisdicción para llevar a cabo el juicio por jurados en este legajo”. La defensa de Agustín Santini, el cuarto imputado, a cargo de José Barbagelata y Boris Cohen, adhirió a los argumentos de los codefensores pero no acompañó y desistió del pedido.
Asimismo, el juez dispuso tener presentes las reservas casatorias y federales efectuadas por las partes. El fiscal Mariano Budasoff se opuso, entendió que no hubo un estado de “conmoción social”, como el que invocaron las defensas, que si se disponía la prórroga solicitada se violaba el principio de juez natural puesto que la Ley prescribe que el hecho debe ser juzgado en la jurisdicción en la que ocurrió, sostuvo que la garantía de imparcialidad del jurado está en la audiencia de voire dire donde las partes pueden recusar a los potenciales jurados.
También enumeró las virtudes del juicio por jurados, entre las que mencionó la accidentalidad, la no dependencia económica del Poder Judicial, la imparcialidad, entre otras. Finalmente, argumentó que la conmoción social por el caso sería la misma en Paraná o en cualquier otro lugar de la Provincia de Entre Ríos.
Fuentes judiciales deslizaron a La Calle que Fiscalía va a recurrir la resolución del juez. Se indicó que en el Ministerio Público Fiscal (MPF) entienden que se está afectando la Ley de Juicio por Jurados porque se estaría quitando a los ciudadanos la posibilidad de juzgar a sus propios pares.



El caso
Los cuatro imputados fueron acusados de que “el 19 de octubre de 2021, siendo las 10.43 Santini y Cejas, de consuno y bajo la logística y coordinación de Cabrera, ingresaron a la Sala del Casino Neo Game, ubicada en calle Galán N° 1.447 de esta capital, inmediatamente con la llegada del empleado encargado de la sala de juegos, Mildenberger, con quien ya habían coordinado previamente, y los aguardó en cumplimiento de un plan previo acordado”. La acusación sostiene que “el ingreso al local se produjo empuñando Santini una pistola, posiblemente réplica, y Cejas un revolver calibre 22 corto, profiriendo ambos a viva voz que se trataba de un robo”.