Se trata del quinto pago del programa “Apoyo Extraordinario a la Cultura Solidaria”. La medida se registró como resolución 1561 y fue publicada este lunes en el Boletín Oficial.
En los considerandos de la medida, se señala que si bien epidemiológica “ha mejorado como consecuencia del avance” del proceso de vacunación, “aún persisten medidas y disposiciones de distanciamiento social, preventivo y obligatorio ante la aparición de nuevas variante del virus Sars Cov 2 que impactan en las actividades del sector cultural”.
En esa idea, la resolución marca que “resulta necesario contener a los trabajadores y trabajadoras del ámbito de la cultura mediante el otorgamiento de un quinto pago de $15.000″ a todos los beneficiarios del programa con anterioridad “que mantengan su condición de vulnerabilidad”.
El Ministerio de Cultura lanzó el subsidio no reembolsable Apoyo Extraordinario a la Cultura Solidaria en marzo de este año a través de la resolución 210/2021. Entonces, se habían dispuesto dos pagos de $15.000 con una inversión de 1650 millones de pesos. A lo largo de los meses siguientes, el Gobierno consideró necesario la entrega de otros dos, producto de la permanencia de muchas restricciones en el ámbito de la cultura y los efectos todavía perdurables en el sector.
La convocatoria para recibir en subsidio en marzo se hizo extensiva “a artistas, trabajadores y trabajadoras de la cultura, que cumplan roles artísticos, técnicos y de formación en las diferentes disciplinas y actividades culturales, formales e informales, que sean de nacionalidad argentina y/o residan legalmente en el país, mayores de 18 años”. Los potenciales beneficiarios debían inscribirse en el Registro Federal Cultura y presentar evidencia de “antecedentes laborales y/o profesionales en el campo cultural y artístico”, como “videos o fotografías”.
Se trata de aplicaciones individuales. Asimismo, el subsidio no puede ser percibido por titulares del programa Potenciar Trabajo, empleados estatales (con excepción de los que se dediquen a la docencia artística), jubilados, pensionados y tampoco aquellos que “perciban salarios superiores a la suma de dos salarios mínimos vitales y móviles”, informó LN.