Opinión… ¿En qué fallamos?

María J. Lubertino

La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que 1 de cada 3 mujeres en el mundo sufren violencia física o sexual. No hay aún datos oficiales consolidados de todo el país (24 jurisdicciones) del Ministerio de las Mujeres, Género y diversidad. En la Argentina, el Registro Único de Casos de Violencia contra las Mujeres del Indec, contabilizó 576.360 casos acumulados de violencia de género entre 2013 y 2018, aun cuando se trata de un fenómeno que tiene una enorme cifra informal debido a la tasa de no-denuncia. En 2 de cada 3 casos, la víctima tiene entre 18 y 39 años. El 82% de los agresores son parejas o ex parejas de la víctima. Los últimos datos de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema sobre femicidios (2021) recogen 251 víctimas letales de la violencia de género (231 víctimas directas de femicidio -de las cuales 5 fueron trans o travesties- y 20 víctimas de femicidio vinculado, que son las muertes perpetradas por femicidas para castigar o destruir psíquicamente a una mujer). En 2009 la Argentina sancionó la Ley 26.485: de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en el Ámbito en el que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales. Las conductas que la ley considera violencia pueden ser acciones u omisiones, pueden ocurrir en el ámbito público o privado, pueden ser directas o indirectas, siempre están basadas en relaciones desiguales de poder y pueden afectar la vida, la libertad, la dignidad, la seguridad personal, la integridad física, psicológica, sexual o económica y patrimonial. Esos ámbitos de afectación establecen distintos tipos de violencia: violencia física, violencia psicológica, violencia sexual, violencia económica o patrimonial, violencia simbólica y política. Pero en el ámbito judicial reina la impunidad: femicidas, proxenetas y violentos libres o con condenas irrisorias o donde las denuncias ni siquiera se registran y resistencias de los Poderes judiciales a incorporar en serio la perspectiva de género o a cumplir con la Ley Micaela de capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Hoy existe un Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidades y nunca antes hubo tantos programas y presupuesto avocados a la materia. Sin embargo, la violencia no cesa. ¿En qué seguimos fallando?



(*) Abogada feminista especializada en Derechos Humanos con perspectiva de género y Doctora en Derecho (UBA).