Oficializaron la nueva etapa de distanciamiento

El turismo sigue prohíbido salvo para los casos previstos autorizados.

El gobierno nacional oficializó este sábado las nuevas etapas de Distanciamiento y Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

Estas nuevas medidas estarán vigentes desde el lunes y hasta el 29 de noviembre en las distintas zonas del país, según el nivel de contagios de coronavirus, después del anuncio que efectuó este viernes por la tarde el presidente Alberto Fernández. El decreto 875, que fue publicado este sábado en el Boletín Oficial, con la firma del Presidente; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y todos los ministros, establece que «todos los departamentos de la provincia de Entre Ríos» continúan en etapa de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) al menos hasta el domingo 29.
El texto dispone la prohibición de la circulación de personas alcanzadas por el DISPO fuera del límite del aglomerado o partido en el que viven, salvo que cuente con el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19.
Dentro de cada uno de los distritos, los permisos de circulación ya no serán necesarios, aunque el transporte público seguirá siendo exclusivo para trabajadores esenciales. Por otra parte, sostiene que sólo podrán realizarse actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios si cuentan con un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria provincial o de CABA y restrinjan el uso de las superficies cerradas, permitiendo como máximo el uso del 50% de su capacidad.
La disposición establece que las actividades prohibidas durante el DISPO son: eventos culturales, recreativos o religiosos en espacios públicos o privados con concurrencia mayor a 10 personas. Mientras tanto, los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente, también continuarán prohibidos. Otras actividades prohibidas en el marco del DISPO son: la práctica de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas, mientras que en el AMBA no podrán realizarse prácticas deportivas en espacios cerrados, cualquiera sea el número de concurrentes. En el capítulo referido al ASPO, el decreto enumera a las personas y servicios considerados como de actividades esenciales, que quedan exceptuadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular.