Nuevas escalas de facturación anual vigentes desde el 1 de agosto

Este miércoles, el Gobierno oficializó las modificaciones al monotributo a través del Decreto 661/2024, publicado en el Boletín Oficial, como resultado de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.

La normativa establece que a partir de 2025, la AFIP actualizará los parámetros de facturación en enero y julio según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC. Los montos actualizados entrarán en vigor el primer día del mes siguiente a la actualización.

Además, la normativa aclara que si un contribuyente supera los límites máximos y queda excluido del régimen, permanecerá en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) hasta la siguiente recategorización semestral, en la Categoría K.

También se especifica que aquellos que hayan renunciado al régimen pero continúen con su actividad podrán volver a adherirse en cualquier momento, siempre y cuando cumplan con ciertas condiciones y en la categoría correspondiente.

Con la reglamentación de los cambios, se aumentan los montos de facturación, que varían entre el 201% y el 301%; el precio unitario de venta para quienes venden bienes, que se incrementa en un 213% en todas las categorías; y los alquileres devengados anuales, que aumentan entre el 211% y el 309%.

Asimismo, se incrementan las cuotas impositivas, de seguridad social y de obra social. Las cuotas impositivas subirán entre el 278% y el 510%, las de seguridad social entre el 212% y el 343%, y las de obra social entre el 212% y el 214%.

Las nuevas escalas estarán vigentes a partir del 1 de agosto, y la AFIP ha extendido el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.

Las escalas de facturación anual serán las siguientes:
– Categoría A: de $2.108.288,01 a $6.450.000 (aumento del 206%)
– Categoría B: de $3.133.941,63 a $9.450.000 (aumento del 202%)
– Categoría C: de $4.387.518,23 a $13.250.000 (aumento del 208%)
– Categoría D: de $5.449.094,55 a $16.450.000 (aumento del 202%)
– Categoría E: de $6.416.528,72 a $19.350.000 (aumento del 202%)
– Categoría F: de $8.020.660,9 a $24.250.000 (aumento del 203%)
– Categoría G: de $9.624.793,05 a $29.000.000 (aumento del 202%)
– Categoría H: de $11.916.410,45 a $44.000.000 (aumento del 270%)
– Categoría I: de $13.337.213,22 a $49.250.000 (aumento del 269%)
– Categoría J: de $15.285.088,04 a $56.400.000 (aumento del 269%)
– Categoría K: de $16.957.968,71 a $68.000.000 (aumento del 301%)