Mendoza creó el primer registro del país para cannabis medicinal veterinario

La provincia de Mendoza aprobó nuevas resoluciones que regulan el acceso al cannabis medicinal destinado al uso veterinario y puso en marcha el Registro y Programa de Acceso a Cannabis Medicinal para Pacientes Veterinarios (Reprovet), convirtiéndose en la primera jurisdicción del país en establecer un marco normativo específico para esta finalidad.

El programa contempla la aplicación en perros, gatos, caballos y otras especies, y establece la regulación del acceso, prescripción, cultivo, producción controlada y seguimiento de tratamientos, siempre bajo la supervisión de médicos veterinarios habilitados, según informó el Gobierno provincial.



Las medidas se enmarcan en la implementación de la Ley 9.617, que regula la cadena de valor del cannabis medicinal y del cáñamo industrial en Mendoza.

En paralelo, la provincia reglamentó el funcionamiento del Registro Provincial de Cannabis Medicinal (REPRO-MENDOZA), que permitirá inscribir a pacientes, autocultivadores, cultivadores terceros, asociaciones civiles, fundaciones y proyectos de investigación vinculados al uso medicinal, terapéutico y paliativo del cannabis.

Un sistema de control y trazabilidad

El Reprovet funcionará dentro del sistema provincial y tendrá como objetivo garantizar un acceso seguro, controlado y con trazabilidad del cannabis medicinal para animales con patologías susceptibles de tratamiento.

El régimen también habilita actividades de transporte, procesamiento y extracción de derivados de uso exclusivamente veterinario, e incorpora mecanismos de fiscalización, control sanitario, auditoría y seguimiento clínico. Además, se crea un Comité Consultivo Honorario Veterinario con participación de sectores científicos, académicos, profesionales y productivos.

La normativa incorpora el Certificado Oficial de Registro (COR) como instrumento habilitante y refuerza los sistemas de control y trazabilidad previstos por la legislación provincial.

Requisitos para profesionales y entidades

Se creó el Registro de Médicos Veterinarios Prescriptores (REMVEP), de inscripción obligatoria para los profesionales que indiquen tratamientos con cannabis medicinal en animales. Entre los requisitos se exige matrícula vigente, formación específica en medicina cannabinoide veterinaria y ausencia de sanciones ético-profesionales.

La inscripción tendrá una vigencia de tres años renovables, y los profesionales deberán registrar historias clínicas, diagnósticos, tratamientos, dosis y seguimientos de los animales.

También podrán registrarse pacientes veterinarios, tutores responsables y cultivadores, mientras que asociaciones civiles y fundaciones deberán acreditar personería jurídica, autoridades designadas y un responsable técnico veterinario, además de mantener actualizada la información de los animales bajo tratamiento.

Cultivo, controles y sanciones

El sistema establece exigencias de trazabilidad, georreferenciación, control de calidad y análisis de laboratorio para los derivados utilizados en tratamientos veterinarios.

En cuanto a los límites de cultivo, los veterinarios podrán producir hasta 16 plantas anuales en exterior y hasta 35 plantas por ciclo en interior, con un máximo de cuatro ciclos al año. Para asociaciones y fundaciones, los topes ascienden a 32 plantas anuales en exterior y 70 por ciclo en interior, siempre vinculadas a pacientes registrados.

El régimen prevé además auditorías, inspecciones y sanciones, que van desde suspensiones temporales hasta la revocación de permisos.

La plataforma digital del REPRO-MENDOZA para la gestión de trámites comenzó a funcionar el 8 de junio.