La Nación decretó la emergencia energética

La Secretaría de Energía designara a los interventores.

A través de un Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU), el Gobierno de Javier Milei declaró la emergencia energética y dispuso la intervención de los entes reguladores de electricidad y gas. Ahora, se revisarán las tarifas.

A través de un Decreto de Necesidad de Urgencia (DNU) que se publicó la medianoche de este lunes, el Gobierno de Javier Milei declaró la emergencia energética y dispuso la intervención de los entes reguladores de electricidad y gas. Ahora, se revisarán las tarifas. La medida, adelantada por este medio, afecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, según indica el texto.
A partir del decreto 55/2023, la Secretaría de Energía estableció mecanismos para la «sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías».
Por otro lado, la emergencia ordena una revisión tarifaria, establecida por el artículo 43 de la Ley N° 24.065 y al artículo 42 de la Ley N° 24.076. Además establece que los cuadros tarifarios entrantes no podrán exceder el 31 de diciembre del 2024.
Mientras dure este proceso, podrán aprobarse «adecuaciones transitorias de tarifas y ajustes periódicos». Según señalaron, buscarán asegurar la continuidad y normal prestación de los servicios, según disponga el resultado de la revisión de tarifas.
Uno de los puntos fundamentales que señala el DNU es la intervención del Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), a partir del 1 de enero de 2024 hasta la designación de los integrantes del Directorio, que serán elegidos según lo previsto por el artículo 8 del mismo decreto.