La madre del Che detenida en Concepción del Uruguay – Parte III

Por Orlando Busiello (*)

Como estaba previsto, el 25 de abril la señora de la Serna de Guevara Lynch compareció ante el Juez de la causa, Doctor Daniel César Albornoz Suffern quien procedió a interrogarla, señalándole que tenía derecho a contar con un defensor letrado; manifestando la detenida que llegado el momento accedería a esa posibilidad.
Interrogada según lo dispuesto en el Artículo 241 del Código de Procedimientos en lo Criminal en todos y cada uno de sus incisos; manifestó “…que se remite a lo expuesto en su declaración anterior, prestada en la Subprefectura Marítima de Concordia”. Al preguntársele si ratificaba lo expuesto en la Subprefectura de Concordia, dándosele integral lectura a la declaración. La señora Guevara Lynch, lo ratificó en todas sus partes; agregando: “…que las publicaciones que le fueran secuestradas, en su mayor parte, se refieren a interesantes estudios económicos de Latinoamérica, quiere agregar que los cuadernillos del panorama latino americano son estudios económicos sobre América Latina, que la revista “Mi-Trans” la quiere conservar por contener un artículo escrito por el hijo de la declarante llamado Ernesto conocido como “Che”.
Luego continúo Celia de la Serna de Guevara Lynch, manifestando ante el Juez el contenido de cada uno de los libros que transportaba en el momento de su detención. Deseando demostrar que eran libros técnicos como “La Reforma Agraria en el Uruguay” de Vivian Trías quien fuera Diputado Nacional de la República Oriental del Uruguay por el partido Socialista, cuya obra es un trabajo como los que en ocasiones presentaba la ONU relativos a los problemas del latifundio y la forma de resolverlos. Que lo mismo ocurrió con “La formaciones geológicas de Cuba” del señor Mermudez obra que le enviara su hijo Ernesto Guevara. Al referirse a la revista “Marcha” indicó que la compró en el Uruguay y que de ninguna manera consideró que lo que llevaba pudo considerarse “propaganda subversiva ni cartas articulares, ni sus agendas de direcciones o apuntes, ni la cara del hijo de la deponente apareciendo en una fotografía, porque entre los efectos secuestrados como propaganda subversiva se encontraban numerosas fotografías familiares íntimas de su hijo Ernesto, acompañado de su señora de los nietos de la declarante y suyas y que termina agregando que todo ese material secuestrado por su pequeña cantidad y por el hecho de haber sido traído como unidad no pueden en ningún momento ser considerado propaganda ni pensar que pueden ser utilizados para ello”.
Continuando con sus declaración la madre del Che Guevara, manifestó que desconocía el Decreto Nº 8161/62 por hallarse fuera de la Argentina y por lo tanto desconocía los términos del mismo e ignoraba si había contravenido alguno de ellos. No obstante efectuaba una firme protesta “contra el atropello que representa la detención de una pacifica ciudadana que viene a su país a dedicarse a sus actividades habituales. Si las autoridades estimaban- continua exponiendo- peligrosa esta clase de literatura bastaba con haberla secuestrado y no privarla de la libertad”.
Cuando el Juez Albornoz Suffern inquirió de la declarante la narración del derrotero de su última salida de la Argentina, contestó: “Que lo hizo partiendo de Buenos Aires, no recuerdo porque medio, llegando a Montevideo y allí partió en avión de la empresa KLM con destino a La Habana con escalas en la ciudad brasileña de Fortaleza y Kinsgton , Jamaica, permaneció en dicha ciudad cubana hasta hace aproximadamente un mes en que partió también en avión para Praga, Checoslovaquia, permaneciendo dos días y nuevamente utilizando vía aérea viajó a París donde estuvo quince días , por avión salió de esta en dirección a Roma por empresa Air France permaneciendo aproximadamente ocho días y dos en Florencia, que desde Roma viajó, siempre por vía aérea, a Río de Janeiro por empresa Alitalia, desde esta en ómnibus a Montevideo y de esta también en ómnibus a Salto cruzando a la Argentina en la lancha de la carrera Concordia donde fue detenida”.
Como podemos observar, la señora había realizado un extenso peregrinaje y regresaba a la Argentina por Salto República Oriental del Uruguay.
Realizó un pormenorizado detalle de su plan de viaje, pero curiosamente, no recordó la manera en que salió del país con destino a la Capital Uruguaya. Tampoco dio detalles de porqué regresaba a la Argentina cruzando el río Uruguay, y no por Montevideo utilizando una vía más directa a Buenos Aires, donde tenía su domicilio particular.
La señora fue respondiendo las preguntas del Juez, con total normalidad, señalando entre otras cosas que había viajado a Cuba para visitar a su hijo y que luego embarcó rumbo a Europa en calidad de turista, viajando siempre sola y sin haber tenido contactos o entrevistas con otras personas a lo largo de su viaje.
En oportunidad de preguntársele si actuaba dentro de alguna organización política legalmente reconocida, supo decir: “Que en desconocimiento del Decreto 8161/62 que se ha expresado se le atribuye su violación, que según tiene entendido se refiere a las actividades de los partidos políticos, pide interiorizarse del contenido del mismo antes de contestar a la pregunta.
Accediendo a ello S.S. y ya en conocimiento de dicho contenido, expresa que hasta su salida del país militó como afiliada en un partido político denominado Movimiento de Liberación Nacional, el cual tuvo existencia legal en la Provincia de Santa Fe donde hizo activa propaganda por el mismo que culminaron con las elecciones del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y uno. Que sin haber conseguido su partido personería nacional pero con permiso de las autoridades electorales, también hizo activa propaganda en la ciudad de Buenos Aires para las elecciones de marzo de mil novecientos sesenta y dos”.
Expresó además que militó en el partido indicado, desde noviembre de 1961 aproximadamente y que jamás se había afiliado a ningún partido político. Que la primera vez que lo hizo fue precisamente al MLN. Respondió además que no pertenece al partido Comunista ni a ningún otro de los llamados filo-comunistas, y que la última vez que participó públicamente en política fue en las elecciones de marzo de 1962, en el Movimiento de Liberación Nacional en Buenos Aires.
En determinado momento, el Juez le pregunto qué vinculación o contacto tuvo con un señor Palazzoli de Concepción del Uruguay; y cuál es el sentido de su anotación en la hoja Nº10 que se le secuestrara. El magistrado solicitó además una respuesta sobre quién era dicha persona, y sus datos personales. Contestando la señora de la Serna de Guevara, que, si bien esa hoja fue escrita por ella, desconoce totalmente quien es, y no recuerda los motivos del porqué lo anotó en la misma… probablemente señaló, se refiere a circunstancias de la actividad política referida en el Movimiento de Liberación Nacional.
Al requerirle una respuesta sobre si el MLN esgrimía una ideología marxista-leninista, y especialmente, la asunción del poder mediante la fuerza, dijo: “El Movimiento de Liberación Nacional postula principios socializantes, la lucha contra el imperialismo y el establecimiento de una profunda reforma agraria, estima también que el poder debe ser ocupado por aquel que tenga facultades y capacidad para ejercerlo y por los medios que las actuales autoridades dejen a su alcance”.
No cabe duda, acorde a lo expresado que el MLN fue un movimiento cuanto menos filo-comunista.
La detenida reconoció que el trabajo que se le mostró y que traía en su equipaje, titulado “Un panorama Latino -americano” no solo le pertenecía sino que fue escrito por ella, y que si bien no fue publicado fue expuesto en una conferencia que brindó en Montevideo en octubre de 1962.
Respecto a una serie de caracteres escritos a lápiz en un cuaderno en cuya tapa dice “Cuaderno de Luxe Perteneciente a”; señaló que los mismos tenían que ver con el alfabeto Morse, y lo que se encontró al final de cuaderno es la transcripción de una poesía de Antonio Machado y un verso de Guillen. En cuanto a las dos hojas sueltas escritas en letras de imprenta, dentro de dicho cuaderno, manifestó no saber a qué se referían desconociendo quién pudo escribirlas.
Al requerirle que finalidad tenían los signos encontrados dentro de un sobre. La declarante expresó que los mismos recuerdan la campaña de alfabetización de Cuba, mientras que la banderita con la fotografía de Fidel Castro se distribuía en un acto donde habló el Primer Ministro cubano.
Estas y otras preguntas que le fueron formuladas a la señora de la Serna de Guevara Lynch, fueron respondidas con tranquilidad y seguridad.
Sobre el filo del interrogatorio, solicitó la presencia de un abogado defensor, proponiendo a su hijo Roberto Guevara quien se encontraba entonces en los estrados del Juzgado.
El Juez hizo lugar al pedido de la señora y el Doctor Guevara se puso a disposición de su señora madre, “…y que se le recaba la correspondiente aceptación del cargo por Secretaria. Hecho lo cual por el Actuario, manifiesta el citado Letrado que acepta el cargo conferido y que constituye domicilio en los estrados del Juzgado. Continuando la audiencia con la presencia del nombrado Abogado defensor y del Señor procurador Fiscal”.
Debemos señalar que el Fiscal Federal de la causa, fue el Doctor Jorge Raúl Ibarra; profesional capacitado y de experiencia en la función.
Entre las últimas preguntas de la audiencia, el Juez Albornoz Suffern indagó a la señora de la Serna de Guevara Lynch, sobre cuáles eran sus medios de vida. Respondiendo la declarante, que era propietaria de una casa en la calle Araoz 2180 en Buenos Aires donde vivía, ejerciendo como profesora de idioma Francés de manera particular. Agregando que su esposo del que estaba separada, no le proporcionaba ningún sustento.
Expresó también ante la requisitoria del Juez, que nunca había sido procesada. Afirmando además que se negó a suscribir el acta del Resguardo de Aduana Concordia, porque al secuestrársele una banderita cubana de papel de aproximadamente 4 por 10 centímetros se puso en el inventario que la bandera tenía la insignia comunista, dejando constancia de que se debía suprimir las palabras de “insignia comunista”. Dejó en claro que, la supuesta propaganda, no estaba disimulada entre la ropa, sino que todo se encontraba en su portafolio por suponer de buena fe que dicho material no iba a comprometerla.
Finalmente el Juez le hizo saber porqué se encontraba detenida, y el derecho que le asistía de leer su declaración. Actitud que adoptó la señora Celia de la Serna de Guevara Lynch.
Terminada la Audiencia, la madre del Che fue remitida nuevamente a la Alcaldía donde fue alojada, siendo entonces Alcalde el señor Lucilo Paccot.