La Justicia de Entre Ríos declaró constitucional el sistema de detección electrónica de infracciones de tránsito utilizado por la Policía provincial, aunque también resolvió dejar sin efecto multas en casos en los que las notificaciones se realizaron con más de dos años de demora.
Las decisiones fueron adoptadas por la Cámara en lo Contencioso Administrativo N.º 1 de Paraná, cuyos integrantes analizaron la validez de los controles mediante fotografías y videofilmaciones, así como el cumplimiento de las garantías que deben regir los procedimientos administrativos sancionatorios.
Aval judicial al sistema de control
Los magistrados consideraron que la utilización de herramientas electrónicas y digitales para detectar presuntas infracciones a la Ley Nacional de Tránsito es compatible con la Constitución y con las garantías del debido procedimiento.
Entre los argumentos expuestos se mencionaron el crecimiento del parque automotor y el incremento de la siniestralidad vial, factores que respaldan la implementación de mecanismos tecnológicos para controlar el tránsito y registrar infracciones.
Sin embargo, la validez del sistema no implica que las sanciones sean incuestionables. Los conductores mantienen el derecho a ejercer su defensa y presentar pruebas para controvertir las infracciones que se les atribuyen.
Entre otros argumentos, pueden demostrar que no eran titulares del vehículo al momento del hecho, que no cometieron la falta o que existieron circunstancias de fuerza mayor que justifican su conducta.
Multas anuladas por notificaciones tardías
En otros expedientes, la Cámara resolvió anular sanciones debido a las demoras registradas en las notificaciones efectuadas por la Policía de Entre Ríos. En esos casos, las comunicaciones se concretaron más de dos años después de las presuntas infracciones.
Los jueces entendieron que esos plazos vulneraron el principio del plazo razonable, que establece que los procedimientos administrativos sancionatorios deben desarrollarse sin demoras injustificadas.
De esta manera, el pronunciamiento establece una distinción entre la validez del mecanismo tecnológico de control y la legalidad de las sanciones aplicadas en cada caso particular.
Qué cambia para los conductores
Las resoluciones judiciales no implican que todas las fotomultas de Entre Ríos sean inválidas ni que cualquier notificación tardía determine automáticamente la anulación de una sanción.
La validez de cada multa dependerá de las circunstancias del expediente, los plazos transcurridos y el respeto de las garantías correspondientes durante el procedimiento.
El criterio de la Cámara reafirma que el uso de tecnología para fiscalizar el tránsito es constitucional, pero su aplicación debe respetar el derecho de defensa y los plazos razonables. Así, el aval al sistema de fotomultas convive con la obligación de garantizar que los procedimientos sancionatorios se desarrollen conforme a las normas vigentes.










