Según el texto del decreto N° 1.922 del Ministerio de Salud, “se inician las presentes en virtud de presuntas irregularidades suscitadas con la publicación de distintas notas periodísticas por las cuales se daba a conocer un hecho en el cual estuvo involucrada una adolescente de 13 años a quien se le practicó una Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en el mes de noviembre del año 2018”.
El caso generó un escándalo en Concordia del que tomó parte el Obispado: habló de un bebé nacido vivo y dejado morir en una sala del hospital. El viernes 7 de diciembre de 2018, el Obispado de Concordia emitió una declaración en la que sostuvo, sin ambages, que “el bebé nació con vida y estuvo debatiéndose durante varias horas por seguir viviendo hasta que finalmente su corazoncito dejó de latir”, publica Entre Ríos Ahora.
“Ningún derecho individual puede justificar la eliminación de la vida humana del que no se puede defender. Cuando una mujer está embarazada, no hablamos de una vida sino de dos, la de la madre y la de su hijo o hija en gestación. Ambas deben ser preservadas y respetadas. El derecho a la vida es el derecho humano fundamental”, planteó la Iglesia.
El relato en torno a la práctica médica de interrupción legal del embarazo en el hospital Masvernat involucró a un médico y la negativa de un grupo de enfermeras del Servicio de Obstetricia a asistir a la menor. El texto del decreto N° 1.922, que firman el gobernador Gustavo Bordet y la ministra de Salud, Sonia Velázquez, destaca el dato de la divulgación de los datos de la chica.
Al respecto, la norma legal señala que “en relación a la divulgación de información y datos reservados de una paciente menor de edad ventilados a la prensa se desprende» surge de una nota periodística realizada al Dr. Fernando Julián Rivas en la cual se expresa: ´Conmovió la opinión pública el caso del bebé que, por varias horas, sobrevivió a un aborto practicado, por orden de la Justicia en el hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia´”.
Salud entendió que “las declaraciones vertidas por el citado profesional resultan violatorias” de la normativa legal. El texto del decreto cita las declaraciones periodísticas: “Acá en el hospital tenemos una mezcla de sentimientos entre sorprendidos, angustiados y contrariados. La mayoría del plantel de Maternidad va a presentar o ya presentó la objeción de conciencia que es una declaración jurada, personal de cada uno, y que la ley nos habilita a que presentándola estamos librados de cometer un aborto. Esto no es un aborto, esto fue un parto inmaduro lo cual es mucho más grave porque este es un embarazo de más de 20 semanas y obstétricamente después de 20 semanas es parto inmaduro”.
No sólo le reprocharon al médico violentar los derechos de la paciente sino además desconocer los términos del protocolo de actuación en materia de interrupción legal del embarazo. Transcribe el decreto las declaraciones periodísticas hechas por el médico en el que hace «mea culpa de parte de nosotros los médicos sobre el desconocimiento del nuevo protocolo que el Ministerio de Salud de la Provincia adhirió a nivel Nacional».
Luego, al desmentir los pronunciamientos de la Iglesia de Concordia, Salud afirma que “corresponde mencionar que el personal de Neonatología del mencionado nosocomio no participó ni intervino en el caso, debido a que no se produjo un nacimiento con vida, motivo por el cual no debió requerirse la actuación del referido servicio”, aunque observa críticamente la actual del personal de enfermería que se encontraba de turno el día 10 de noviembre de 2018 en el Servicio de Ginecología del hospital Masvernat “que conforme los elementos probatorios que obran en autos ha quedado acreditado que dichas enfermeras se negaron o no brindaron asistencia y atención a la paciente ante el requerimiento de la médica tratante cuando les fuera solicitado, no resultando de ninguna manera un justificativo a su accionar el hecho de que no compartan por cualquier razón la práctica ILE que se le estaba realizando en ese momento en que fueron requeridas”.
El personal de enfermería que negó asistencia soportó 5 días de suspensión sin goce de haberes, en tanto que el médico deberá enfrentar un sumario administrativo.