Para el defensor de la persona imputada, «Brandon (Thalía) fue agredido por Sofía y se defendió». Según el defensor, “no eran pareja, sólo amigos y Sofía agredió varias veces a Brandon, que se autopercibe mujer y se llama Thalía”. El abogado recordó que su defendido fue Thalía hasta 2019 y que tiene dos hijos de 8 y 4 años que gestó como mujer.
En tanto, para el fiscal Adrián Spelta la agresión se encuadra como un femicidio. Según la imputación que formuló días después del crimen, “todo aconteció en el marco de un contexto de violencia física extendido y perpetuado en el tiempo, por lo menos durante el plazo de un año en el cual se extendió la relación de pareja y técnicamente fue un hombre que mató a una mujer”.
Según trascendió, el domingo del crimen Sofía discutió con Brandon y todo terminó con la mujer trans asesinada de una puñalada. Como descargo, dijo una hermana de la persona imputada, señaló: “Era mi vida o la de ella, me agarró del cuello y me dijo que me bajara los pantalones y yo le dije Sofía dejame de joder, sabés que me gustan las mujeres».
Contextos
“Es un caso de legítima defensa. Mi asistida tuvo la reacción que cualquier persona tendría cuando se ve amenazada su integridad física y más aún con peligro de muerte, teniendo en cuenta además que Sofía la superaba en fuerza y constitución física y que Thalía usó un medio proporcional al ataque que estaba por recibir”, aclaró Chiesa.
La imputación del fiscal Adrián Spelta días después de que Brandon C. se entregara fue determinante. “Todo aconteció en el marco de un contexto de violencia física extendido y perpetuado en el tiempo, por lo menos durante el plazo de un año, durante el cual se extendió la relación de pareja”. Con ese encuadre, y con el nombre que figura en su DNI, Brandon Isaías C. quedó imputado como autor de un homicidio calificado por el vínculo y por femicidio. En ese sentido le dictaron prisión preventiva por el plazo de ley de hasta dos años.
Cuestiones de pabellones
“No veo que esto —dijo al respecto el defensor— tenga por el momento una resolución de blanco o negro. Una persona que es y se percibe mujer tanto anímicamente como en lo físico no puede ser acusada de un femicidio. Es injusto y desproporcionado y no se puede sostener una imputación por un tecnicismo”.
En cambio para el fiscal, si bien la situación es compleja no deja de ser concreta: “En la imputación no se puede hablar de una transfemicidio, porque eran pareja y se evidencia que no existía un odio por su condición de percibimiento de identidad. Por el momento tengo que tratar como tal los autopercibimientos: hay un hombre que mata a una mujer y para esto la ley prevé la figura de femicidio».