Hojas Sueltas. La sentencia (II)

Ballpoint pen attached to blank loose-leaf paper placed on wooden table

Por: Ariel Vercelli

El escaneo realizado por Google en las bibliotecas fue masivo e indiscriminado. Se escanearon obras intelectuales del dominio público-comunitario (para las que no se necesitaba solicitar permisos), pero también obras del dominio privado sin que fuera solicitado consentimiento alguno a los autores y titulares de derechos. En agosto de 2005, una vez que el escaneo de libros estaba en pleno proceso, Google articuló su “Programa de Socios de la Imprenta Google” con el “Proyecto de Biblioteca”. En concreto, sin mediar consentimiento alguno y sin pagar regalías, Google comenzó a alimentar su modelo de negocio con los libros escaneados de las bibliotecas que aún estaban en el dominio privativo.
Inicialmente Google Books planeó gestionar cerca de 18 millones de obras. En la actualidad gestiona más de 30 millones en más de 480 lenguas.
Las tensiones comenzaron a profundizarse a nivel mundial. Las acciones judiciales no se hicieron esperar. En septiembre de 2005 Gremio de Autores inició acciones contra Google. El medio procesal que escogieron los demandantes fue una acción de clase o demanda masiva. Alegaron violación masiva del copyright en relación a las 4.5 millones de obras de dominio privado que representaban. Dijeron que dicha violación se produjo a través del escaneo de los libros para alimentar los servicios de búsqueda de Google sin permiso. La corporación replicó que el uso de las millones de obras intelectuales debía ser considerado “uso justo”. Es decir, que supuestamente estaba legalmente habilitada a disponer de las obras sin pedir permiso ni pagar por su gestión. Las partes negociaron acuerdos de conciliación durante varios años. En aquel momento, Google Books distaba de ser considerada una biblioteca y, a su vez, ya era reconocida como una iniciativa comercial privada. Sin embargo en 2013 el juez distrital Denny Chin desestimó la demanda, argumentando que el uso que Google hacía de los libros escaneados encajaba dentro de la figura del “uso legítimo” y que, por tanto, no existía infracción de los derechos de propiedad intelectual. El sindicato de autores recurrió y la Corte de Apelaciones refrendó el dictamen del Juez Chin. Por lo que el 31 de diciembre de 2015 presentaron al Tribunal Supremo una petición de “certiorari”, una suerte de recurso de casación, solicitándole la revisión del caso.