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Concepción del Uruguay
sábado, julio 27, 2024

Habrá beneficios impositivos para los sectores afectados

El gobernador Gustavo Bordet anunció ayer que habrá beneficios impositivos para sectores afectados por la pandemia.

La norma difiere hasta el 31 de diciembre los vencimientos de la mayoría de los tributos provinciales a actividades del ámbito de los deportes y esparcimiento (Salones de Fiestas; Clubes; Polideportivos, Canchas, Piletas de Natación y Salas de entrenamiento; Gimnasios; Enseñanza Deportiva); culturales (Museos, Cines; Teatro, Espectáculos, Recitales; Museos; Enseñanza artística; entre otras). También incluye a las vinculadas al turismo (Hoteles y Cabañas; Hosterías, Campings; y Agencias), además de bares y restaurantes, y servicios de catering. El decreto incluye también el transporte de pasajeros, Interurbano; Ferroviario, Escolar; y Turístico.
«Estas medidas dan respuestas a sectores afectados por la crisis originada por la pandemia y significan a su vez un importante esfuerzo fiscal para la provincia”, puntualizó el mandatario. “Estamos generando desde el Estado provincial herramientas que permitan revertir una situación que se presenta muy compleja”, afirmó el mandatario luego de un encuentro con la vicegobernadora Laura Stratta; y los ministros de Economía, Hugo Ballay, y de Producción y Turismo, Juan José Bahillo. Bordet manifestó que: “Hoy hemos culminado, luego de varias jornadas de trabajo, el decreto a través del cual generamos beneficios impositivos para los sectores afectados por la pandemia, como el turismo, que es el que más ha visto resentida su actividad, pero también otros sectores que no han podido desarrollar normalmente sus actividades van a encontrar distintos mecanismos de beneficios impositivos para poder sobrellevar esta situación que realmente es difícil”.
El ministro de Economía explicó que el decreto “fundamentalmente alcanza a estas actividades que no han podido trabajar o no han podido reiniciar su trabajo” y comprende prácticamente la totalidad de los impuestos que recauda ATER. “Estamos hablando de impuesto inmobiliario, impuesto automotor, impuesto a los ingresos brutos y la ley 4035, es el diferimiento de los vencimientos de todo el segundo semestre del año”.

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