Anuncios sobre reuniones, actividades gastronómicas y culturales, cultos y deportes.
El gobierno nacional oficializó los nuevos parámetros del denominado semáforo epidemiológico que rige para todo el país con el fin de controlar el avance del coronavirus y flexibilizó varias actividades. En ese marco, desde la provincia se dio a conocer este jueves las nuevas medidas en lo que respecta a reuniones sociales, actividades gastronómicas y culturales, cultos y deportes.
De ese modo, la restricción de circulación para las personas se mantiene entre las 00 y 06 horas de cada día, pero con una tolerancia de 30 minutos. Quedan exceptuadas aquellas personas afectadas a las situaciones, actividades y servicios esenciales.
También se permiten reuniones sociales en domicilios particulares, hasta un máximo de 10 personas, como así también en espacios públicos al aire libre, hasta un máximo de 50 personas.
La actividad gastronómica podrá funcionar de las 06 a las 00 horas, incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio. La ocupación de las superficies cerradas de los locales gastronómicos se reduce a un máximo del 50% del aforo, en relación con la capacidad habilitada.
En deportes, se permite entrenamiento, práctica y competencia deportiva en clubes y espacios afines, con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos; a excepción de las competencias que se lleven a cabo en espacios abiertos y requieran de número de competidores superior. La ocupación de las superficies cerradas de gimnasios se reduce a un máximo del 50% del aforo.
Cabe destacar que la actividad deportiva podrá desarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23, sin la presencia de público espectador.
En lo que respecta a cultura, se permite la realización de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 personas en espacios abiertos. La ocupación en teatros, centros culturales, cines y otros establecimientos afines, se reduce a un máximo del 50% del aforo. Las actividades culturales podrán desarrollarse entre las 06 y 23.
Las celebraciones religiosas y actividades afines al culto quedan habilitadas con un aforo del 50%. Podrán desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22.
En tanto, se aclaró que los presidentes municipales y comunales podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia.










