El Gobierno nacional habilitó este miércoles que los medicamentos de venta libre puedan ser exhibidos y adquiridos directamente en las góndolas de las farmacias. Los fármacos bajo receta médica seguirán debiendo ser expedidos por farmacéuticos.
A partir del decreto 1024/2024, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo modificó la Ley 17.565 que regula la venta de medicamentos en farmacias y otros establecimientos y estableció nuevos lineamientos para la compra y exhibición de remedios.
«Los medicamentos de venta libre podrán ser exhibidos en las góndolas de establecimientos habilitados como farmacias, de modo tal que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y el público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios», se establece.
El texto, que lleva la firma del presidente Javier Milei y el ministro de Salud, Mario Lugones, también detalla que los medicamentos de venta libre deberán estar en góndolas «correctamente señalizadas», ofrecerse en «caja cerrada, con su respectivo prospecto», debe ser vendido «exclusivamente a personas mayores de 18 años».
Además, se remarca que en los establecimientos «que no estén habilitados como farmacias» la comercialización estará «limitada» a los «antiácidos y los analgésicos.
«La comercialización de medicamentos de venta libre y otros productos anexos a la actividad farmacéutica; como aquellos destinados a la higiene o estética de las personas, y a los que se le asignen propiedades desinfectantes, profilácticas, insecticidas u otras análogas, puede ser llevada a cabo sin la intervención de los referidos profesionales en la materia», explica el decreto.
En cuanto a los fármacos que deben ser adquiridos con receta médica seguirán teniendo que ser otorgados por un farmacéutico matriculado. «La venta y despacho de especialidades médicas que requieran recetas deben realizarse desde la farmacia, en presencia de un farmacéutico responsable (Director Técnico y/o farmacéutico auxiliar)», se remarca.