Antes de iniciar este artículo, vale la pena la aclaración de que todo trabajo debe retribuirse con un salario justo y se debe realizar “en blanco” o cobrarse de forma registrada y legal, incluso el de la empleada doméstica.
No obstante, este tipo de trabajo se encuadran en el Convenio de Personal de Casas Particulares y tiene sus características propias respecto de lo que se abona, de acuerdo a la categoría, a si se realiza con o sin retiro, etc.
Saber la cantidad de horas que tiene que trabajar una empleada doméstica para estar en blanco, es una de las preguntas más frecuentes que le surgen a los empleadores de este sector.
Vale añadir, que la legislación estableció en 2013 que la registración de las trabajadoras del servicio doméstico es obligatoria sin importar la carga horaria.
Ahora bien, no hay legalmente una cantidad de horas establecida para que una empleada doméstica trabaje en un hogar de familia. La contratación se realiza entre el particular y la trabajadora o trabajador. Siempre debe estar inscripta la relación laboral.
Además del salario, el empleador debe abonar todos los meses los aportes y contribuciones al régimen de seguridad social y al Sistema de Riesgos del Trabajo.
Las trabajadoras registradas tienen derecho a vacaciones, licencia por maternidad, acceso a una obra social, jubilación y ART en caso de sufrir un accidente laboral.
¿Cuándo hay que registrar?
La relación laboral entre empleador y empleada doméstica debe ser registrada siempre bajo la modalidad y categoría que corresponda.
Todos los trabajadores de este sector, sin importar la cantidad de horas de trabajo o la modalidad de contratación, deben estar inscriptos en el registro de la Afip, lo que les permite acceder a los mismos beneficios sociales que tiene cualquier empleado en relación de dependencia: aportes jubilatorios, seguro por accidentes de trabajo, obra social, entre otros.
¿Cómo registrar a la empleada doméstica?
El trámite es gratuito, muy sencillo y se puede hacer 100% online. Los pasos a seguir son los siguientes:
1- El empleador debe ingresar al sistema de la AFIP con su clave fiscal de nivel 2 o superior (y si no tuviese una, gestionarla en la misma web).
2- Ingresar a alguno de los siguientes servicios que aparecen en el perfil del usuario: Personal de Casas Particulares o Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social. Ingresar en esa pestaña cuando aparezca.
3- Ingresar los datos de la empleada a regularizar. Si se cuenta con su número de CUIL y se hace click en el botón “Buscar”, aparecerán de manera automática los datos de esa persona.
4- Describir las características de la relación laboral: tipo de trabajo, cantidad de horas semanales, modalidad de liquidación, remuneración, modalidad de trabajo (con o sin retiro).
5- Se deberá consignar también el domicilio en el que la empleada doméstica prestará tareas, y si se trata de un empleo temporal o fijo.
Una aclaración muy importante es que por estar registrada como empleada doméstica, la persona no pierde el derecho a cobrar la Asignación Universal por Hijo o AUH, por lo que no debe aceptar un trabajo en negro por miedo a perder el beneficio.
Pie de foto: Al estar registrada en blanco, una empleada no pierde el derecho a cobrar la AHU.










