El Gobierno promulgó las leyes de Financiamiento Universitario y Emergencia Pediátrica, pero suspendió su aplicación hasta que haya fondos asignados

El Gobierno Nacional oficializó la promulgación de las leyes de Financiamiento Universitario (N° 27.795) y de Emergencia Pediátrica (N° 27.796), aunque dispuso suspender su entrada en vigencia hasta que el Congreso de la Nación asigne los recursos correspondientes en el Presupuesto Nacional.

La medida se formalizó mediante los decretos 759 y 760 de 2025, publicados en el Boletín Oficial, donde el Poder Ejecutivo justificó la postergación por el impacto fiscal que implicaría la inmediata aplicación de ambas normas. Las leyes habían sido sancionadas por el Congreso pese al veto del presidente Javier Milei.



En los decretos se aclara que la promulgación se realiza “sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 24.629”, que exige que toda norma que genere gastos prevea expresamente su fuente de financiamiento. En caso contrario, su ejecución queda suspendida hasta que se incorporen las partidas al presupuesto nacional.

Financiamiento universitario

La Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente tiene como objetivo “garantizar la protección y sostenimiento del financiamiento de la educación universitaria pública” en todo el país.
Establece la actualización automática de los gastos según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, e incorpora la obligación de la Auditoría General de la Nación (AGN) de realizar controles externos sobre las universidades, con informes periódicos al Congreso.

Además, faculta al Poder Ejecutivo a adecuar las partidas presupuestarias para actualizar desde el 1º de enero de 2025 el presupuesto de las universidades nacionales, sin afectar la coparticipación federal ni los aportes del Tesoro.
El texto aclara que los fondos podrán provenir de mayores ingresos recaudados por encima de los montos previstos en el presupuesto vigente.

Emergencia pediátrica

Por su parte, la Ley de Emergencia Sanitaria en Pediatría y Residencias Médicas declara la emergencia en el sistema de salud infantil por el plazo de un año, con el fin de priorizar recursos para hospitales, medicamentos, vacunas, infraestructura, insumos críticos y personal especializado.

La norma también ordena una recomposición salarial inmediata para el personal de salud —asistencial y no asistencial— y contempla la exención del impuesto a las ganancias para quienes realicen tareas críticas, horas extras o guardias en efectores públicos y privados.

El texto designa al Hospital Garrahan como centro de referencia nacional en pediatría de alta complejidad, garantizando su pleno funcionamiento.

Asimismo, se crea una Comisión de Seguimiento y Evaluación integrada por legisladores nacionales, representantes del Ministerio de Salud, del COFESA y de la Sociedad Argentina de Pediatría, que presentará informes trimestrales sobre la aplicación de la norma.

Durante la emergencia, los programas de salud infantil y adolescente tendrán prioridad en la asignación y ejecución presupuestaria, especialmente en hospitales públicos de referencia y servicios críticos como neonatología, oncología pediátrica, trasplantes y urgencias.