A través del Decreto 943/2025, el Gobierno nacional creó el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que elimina los tres niveles anteriores (N1, N2, N3), establece un único criterio de ingreso para los hogares vulnerables y define nuevos bloques de consumo subsidiado para electricidad y gas.
El nuevo sistema unifica los subsidios de jurisdicción nacional y reemplaza al antiguo Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) por el ReSEF. Los usuarios ya inscriptos en el RASE no deben reinscribirse, ya que sus datos migrarán automáticamente, pudiendo actualizarlos a través de Mi Argentina.
Requisito para ser beneficiario
Podrán acceder al subsidio los hogares cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores al valor de tres (3) Canastas Básicas Totales (CBT) para un «Hogar 2», según parámetros del INDEC.
Bloques de consumo y bonificaciones
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Electricidad: El bloque base subsidiado será de 300 kWh para los meses de mayor demanda (enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre) y de 150 kWh para el resto del año. Sobre ese consumo, la bonificación base cubrirá el 50% del costo. Los consumos que superen el volumen máximo subsidiado no recibirán ayuda.
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Gas Natural: Se mantienen los bloques fijados por resoluciones previas (aplicables también al gas propano por redes), los cuales varían por región según necesidades estacionales. Las bonificaciones solo se aplicarán sobre el precio promedio anual definido por el Plan Gas.Ar.
Transición gradual
En enero de 2026 se aplicará una bonificación extraordinaria adicional del 25%, llevando la cobertura total al 75% en electricidad y al 25% en gas. Este plus se reducirá progresivamente a lo largo del año hasta desaparecer, para evitar saltos abruptos en las facturas. El precio mayorista de la electricidad se alineará con un valor monómico de generación estimado en USD 75 por MWh, y el del gas tendrá un precio plano de USD 3,80 por millón de BTU.
Otros beneficiarios y modalidades
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El régimen también alcanza a entidades de bien público, clubes de barrio y otras organizaciones sin fines de lucro.
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Para usuarios de garrafas y gas propano (GLP), el subsidio se transferirá directamente a través de billeteras virtuales (ej. Mercado Pago) y equivaldrá a media garrafa por mes durante todo el año, con una adicional en invierno.
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La Secretaría de Energía, como autoridad de aplicación, podrá definir mecanismos de descuento o reembolso para estos usuarios y tendrá facultades para revisar volúmenes máximos y actualizar las bases de datos.










