Se trata de una demanda colectiva que se tramita en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº3 de la ciudad de Paraná, se informó. Desde allí se convoca a clientes del Banco Santander SA de todo el país para que se sumen al expediente caratulado como “Asociación Protección de Consumidores del Mercado Común del Sur-Proconsumer c/ Banco Santander SA S/Ordinario”.
Se trata del expediente Nº 35.155, iniciado el 3 de agosto de 2020 por la Asociación Protección de Consumidores del Mercado Común del Sur (Proconsumer) para que la entidad financiera cese de debitar el seguro a sus clientes y reintegre las sumas ya debitadas. Además busca que se imponga una multa al banco.
Proconsumer es una asociación civil con sede en CABA, dedicada a la defensa y protección de los derechos de los consumidores y a la promoción del consumo responsable y sustentable. Ha encarado otras causas contra grandes firmas. Por ejemplo, en 2016 demandó a la empresa de telefonía móvil Claro por el cobro de los conceptos “Claro te avisa” y “Aviso de disponibilidad”; y en 2019 llevó a juicio a Supermercados Día por el cobro abusivo de intereses.
Ahora, desde el juzgado entrerriano encabezado por la jueza Keller se informa a los clientes de Santander que “pueden sumarse al expediente judicial en trámite”. La convocatoria está dirigida a “todos los usuarios de cajas de ahorro y/o cuentas corrientes, titulares de tarjeta de débito y/o crédito que operan con la demandada Banco Santander S.A., de todo el país, hayan o no requerido, consentido, adherido y aceptado previa y expresamente por escrito el seguro de robo en cajeros automáticos y/o denominación análoga”, se informó desde el STJ.
Además se detalló el objeto del proceso colectivo. Primero, que la entidad financiera “cese de debitar, de modo mensual (o de cualquier otra forma temporal que eventualmente establezca) sumas de dinero en concepto de Seguro de Robo en Cajeros Automáticos y/o denominación análoga, a los usuarios de las cajas de ahorro y/o de las cuentas corrientes, titulares de la tarjeta de débito y/o crédito con las que opera el banco, de todo el país, hayan o no requerido, consentido, adherido y aceptado previa y expresamente por escrito al régimen de dicho seguro por robo; como así también suprima dicho producto de su página web y de todo otro tipo de publicidad que eventualmente realice”.
También que el banco Santander “reintegre a todos los titulares actuales o pasados alcanzados por el débito pre aludido todas las sumas debitadas en virtud del denominado concepto de Seguro de Robo en Cajeros Automáticos, con más intereses a la fecha del efectivo pago; todo ello por el período no prescripto de cinco (5) años anteriores a la interposición de la demanda hasta la fecha de la pericia (Conf. art. 2.560 C.C.C)”.
Además busca que “se imponga al Banco Santander S.A., para beneficio de cada uno de los usuarios afectados, la multa prevista en el art. 52º bis de la Ley de Defensa del Consumidor N°24.240 (conf. modif. leyes 26.361), la que para su graduación deberá tenerse en cuenta la gravedad de los incumplimientos, los perjuicios irrogados y los ilegítimos beneficios obtenidos por la accionada”.
Por último, desde el Juzgado se informó que los interesados tienen la facultad de apartarse del proceso “conforme el artículo 54 de la Ley N°24.240, que en su parte pertinente expresa: ‘La sentencia que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia en los términos y condiciones que el magistrado disponga’”.










