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Concepción del Uruguay
sábado, diciembre 14, 2024

Deberán alejar los productos procesados de cajas y salidas

La ley aprobada busca evitar el consumo de alimentos que afectan a la salud de los entrerrianos.

Con su publicación en el Boletín Oficial, la norma quedó promulgada y los grandes supermercados, hipermercados y farmacias tendrán prohibida “la exhibición, oferta, publicidad y/o promoción de alimentos y bebidas ultraprocesados a una distancia no inferior a cinco (5) metros de las filas y líneas de cajas registradoras, accesos y salidas”.
Con el número 10.867, la norma prohíbe “en la provincia de Entre Ríos, la exhibición, oferta, publicidad y/o promoción de alimentos y bebidas ultraprocesados a una distancia no inferior a cinco (5) metros de las filas y líneas de cajas registradoras, accesos y salidas de supermercados, hipermercados, y otros comercios de la modalidad autoservicio, como así también las farmacias; con el objeto de disminuir la prevalencia e incidencia del sobrepeso, obesidad, diabetes y otras enfermedades crónicas no transmisibles en la población”.
En el artículo 2° se explica que se entiende “por alimentos y bebidas ultraprocesados, aquellos productos industrializados que contengan altos niveles de azúcares, sodio, grasas saturadas y trans, tales como golosinas, galletitas dulces y/o saladas empaquetadas, cereales azucarados, snacks, productos de panadería y pastelería empaquetados, gaseosas, jugos en polvo, bebidas con alto contenido de jarabe de maíz de alta fructuosa, bebidas energizantes, sopas y postres en polvo o envasados, entre otros productos”. También se dispone que “el Ministerio de Salud de la Provincia, a través del Área de Promoción de la Alimentación Saludable, elaborará anualmente un listado de clasificación de alimentos y bebidas ultra procesados, el cual será comunicado a la autoridad de aplicación con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley”.

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