Condenaron a tres años de prisión condicional a un contratista agropecuario por trata laboral

El Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Concepción del Uruguay homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a tres años de prisión de cumplimiento condicional a un contratista agropecuario de Federal, quien fue declarado responsable del delito de trata de una persona mayor de 18 años con fines de explotación laboral.

La resolución, dictada por la jueza subrogante Noemí Berros, estableció que el condenado incurrió en las modalidades de captación y traslado de la víctima, mediando abuso de su situación de vulnerabilidad. La causa se inició a partir de una denuncia realizada en diciembre de 2021, luego de una inspección en un establecimiento rural de Federal.



Además de la pena de prisión condicional, el tribunal le impuso reglas de conducta, entre ellas fijar un domicilio y someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal.

Como parte del acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la Defensa, también deberá abonar a la víctima, en concepto de reparación e indemnización por el daño material y moral ocasionado, la suma de $22 millones, mediante un único pago dentro de los cinco días de ser notificado de la sentencia.

La investigación se inició tras una inspección realizada el 14 de diciembre de 2021 en el establecimiento rural Las Piedras, perteneciente a la empresa Doña Inés SA, ubicado en el distrito Banderas, departamento Federal. Durante el procedimiento fueron relevados nueve trabajadores.

Según los elementos considerados en la sentencia, la víctima habría trabajado durante aproximadamente una década en tareas de tala y corte de postes para alambrados, en condiciones de extrema precariedad. Los investigadores constataron que se encontraba alojada en una construcción precaria, sin agua potable, energía eléctrica, mobiliario ni condiciones adecuadas de seguridad y habitabilidad.

La resolución también tuvo en cuenta que la víctima presentaba una situación de vulnerabilidad, era analfabeta o tenía grandes dificultades para leer y escribir, no contaba con vivienda propia ni una red familiar que pudiera asistirla y se trasladaba entre distintos lugares en busca de trabajo.

Durante la investigación, otros trabajadores señalaron que el condenado llevaba personas en situación de calle para realizar tareas y que la víctima permanecía aislada en un sector del establecimiento. También describieron la falta de alimentos, agua, elementos de protección y vestimenta adecuada, además de condiciones habitacionales consideradas indignas.

La sentencia consideró que el acusado había actuado con conocimiento y voluntad de realizar la conducta atribuida. Como agravantes, la jueza valoró la afectación de la libertad y dignidad de la víctima, la lesión de derechos humanos fundamentales y el propósito de lucro. Como atenuante, tuvo en cuenta que el condenado no registraba antecedentes penales.