El joven fue puesto a disposición de la Justicia tras un procedimiento policial en el barrio La Bianca, donde se secuestró un envoltorio con cocaína. Es el primer caso registrado en Entre Ríos desde la entrada en vigencia del nuevo régimen.
Un adolescente de 16 años quedó a disposición de la Justicia en Concordia luego de un procedimiento preventivo realizado en el barrio La Bianca. El caso se convirtió en el primero registrado en Entre Ríos bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil, que establece en 14 años la edad mínima para la imputabilidad penal.
El operativo tuvo lugar el miércoles por la noche, cuando efectivos de la Motorizada, Cuerpo y Guardia y personal de la comisaría jurisdiccional realizaban tareas de patrullaje por los pasillos del barrio.
Durante el procedimiento, los policías observaron a dos adolescentes y, ante la presencia de los uniformados, uno de ellos habría intentado desprenderse de un envoltorio. Por este motivo se convocó a personal de la División Drogas Peligrosas, que realizó las pruebas de campo correspondientes y determinó que se trataba de cocaína.
Distinta situación ante la Justicia
Los dos menores quedaron en situaciones diferentes debido a sus edades. Según informó la comisaria inspectora Zulma Zaragoza, responsable de Minoridad de Concordia, ninguno de los adolescentes registraba antecedentes de ingresos a dependencias policiales.
El joven de 16 años, al encontrarse comprendido dentro de la nueva edad de imputabilidad, fue alojado en una dependencia destinada a menores y quedó a disposición de la Fiscalía de turno, que deberá determinar las medidas procesales correspondientes.
En tanto, el adolescente de 13 años no quedó sometido a un proceso penal debido a que se encuentra por debajo de la edad mínima establecida por la nueva normativa. Tras ser demorado de manera preventiva para su resguardo, fue entregado a sus padres.
Qué establece el nuevo régimen
El procedimiento se produjo en el marco de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801 y reglamentado mediante el Decreto 875/2026.
Entre sus principales modificaciones se encuentra la reducción de la edad mínima de imputabilidad, que pasó de 16 a 14 años.
La normativa también establece que los adolescentes no pueden recibir penas de prisión o reclusión perpetua y fija un máximo de 15 años de privación de la libertad. Además, dispone que los menores no sean alojados en establecimientos destinados a personas adultas.
El régimen contempla, asimismo, distintas medidas alternativas al encierro, especialmente para delitos cuya pena sea inferior a tres años. Entre ellas figuran las amonestaciones, tareas comunitarias, reparación del daño, monitoreo electrónico y restricciones de contacto.
La privación de la libertad, según el nuevo esquema, debe ser utilizada como una medida excepcional, con un sistema que busca priorizar la educación, la reinserción y la resocialización de los adolescentes.










