Cámara de Paraná admite amparo colectivo que busca suspender fumigaciones cerca de barrios y derogar artículos de Ley

La Cámara Civil y Comercial de Paraná, Sala II, admitió una acción de amparo ambiental colectivo que busca suspender fumigaciones en un amplio radio alrededor de los barrios Tierra Alta I, II y III, y declarar la inconstitucionalidad de artículos de la Ley de Agroquímicos provincial.

La demanda, caratulada “Rosso Janet Ximena C/ Haberkorn Mauro Ariel y otro s/ acción de amparo”, Expte nº: 13805, fue iniciada contra el gobierno de Entre Ríos; los particulares Mauro Ariel y César Gabriel Haberkorn; Sonia Roskopf; y la Comuna de Colonia Ensayo. La acción persigue dos objetivos principales:



  1. Suspender toda fumigación en un radio de 1.095 metros para aplicaciones terrestres y de 3.000 metros para aplicaciones aéreas, medidos desde los límites de los barrios Tierra Alta I, II y III.

  2. Declarar la inconstitucionalidad de los artículos 2, 63 y 66 de la Ley 11.178 (Ley de Agroquímicos de Entre Ríos). La demanda alega que estos artículos violan la «cosa juzgada ambiental» establecida en un fallo anterior (Expte. 18691), reduciendo arbitrariamente la protección ambiental mínima, contradiciendo principios de objetivación, de no regresión y desconociendo el principio precautorio.

Medidas Ordenadas por el Tribunal:
El tribunal dispuso varias medidas procesales:

  • Ordenó correr traslado de la demanda a la Provincia (a través de la Fiscalía de Estado) y a los codemandados particulares, otorgándoles plazos de 7 y 5 días, respectivamente, para informar sobre los hechos.

  • Dispuso la inscripción del caso en el Registro de Procesos Colectivos y en el Registro de Amigos del Tribunal del Superior Tribunal de Justicia.

  • Ordenó notificar a todas las personas que pudieran tener interés en el litigio, quienes tendrán 7 días para comparecer desde su primera publicación en el Sistema de Información y Comunicación (SIC).

  • Exigió que tanto la actora como las demandadas incluyan un banner informativo en sus sitios web y redes sociales, comunicando la existencia del proceso, su objeto y los integrantes del colectivo.