Ordenanza 4480. Promulgada el 12 de Agosto de 1999. Calle o avenida Frondizi, Arturo.
VISTO:
Lo peticionado por vecinos de la ciudad mediante Nota Nº V-39 de fecha 20 de Mayo de 1999, y;
CONSIDERANDO:
Que el Dr. Arturo Frondizi fue un hijo por adopción de la ciudad, vecino ilustre, alumno de la Escuela Urquiza, realizó sus estudios secundarios en el Colegio Justo José de Urquiza.
Que fue Presidente de la Nación entre los años 1958 hasta ser derrocado por un Golpe de Estado en 1962.
Que en su gestión presidencial, instaló e implementó la industria pesada en nuestro país, el primer Alto Horno en Zapla (Salta), el autoabastecimiento petrolero, la racionalización y austeridad en la administración pública.
Que vusitó nuestra ciudad en diversas oportunidades donde contaba con nume-rosas amistades, entre ellos el Dr. Juan José Bruno, que durante su gestión fue presidente de YPF, por otra parte, en una de sus visitas fueron trasladados los restos del General Justo José de Urquiza al Mausoleo de la Inmaculada Concepción.
Que enmarcado en los actos de celebración del 150 aniversario del Colegio del Uruguay Justo José de Urquiza, este Concejo Deliberante entiende que es un deber ren-dir un justo homenaje a este distinguido ciudadano que fuera ex-alumno del mismo y es una de las personalidades de la histórica de nuestro país.-
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAY, ENTRE RIOS, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A:
Art. 1º: Desígnase con el nombre de Avenida Presidente Arturo Frondizi al tramo de Acceso al Tránsito Pesado comprendido entre calles Boulevard 12 de Octubre y Boule-vard Dr. Roberto Uncal.-
Art. 2: Interesar al D.E.M. por intermedio de la Secretaría de Desarrollo Urbano se realice la señalización pertinente y se erija un monolito donde se empotrará una placa con la siguiente leyenda: «Avenida Presidente Arturo Frondizi – Ordenanza Nº – Muni-cipalidad de Concepción del Uruguay – en el Año del 150º Aniversario del Colegio del Uruguay Justo José de Urquiza».-
Art. 3º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones – Presidente Juan Domingo PERON – del Honorable Con-cejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, a los On-ce (11) días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y nueve (1999).-
Fdo: Alfre-do Guillermo Bevacqua- Presidente – Miguel Angel Robina – Secretario.-
CONCEPCION DEL URUGUAY, 19 de Agosto de 1999.- POR CUANTO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, ha sancionado la presente Ordenanza.-
POR TANTO :
Téngase por Ordenanza Nº 4480 de esta Municipalidad.- Regístrese, Comuní-quese, Publíquese y Archívese.-
ES COPIA
B E R M U D E Z
Mario Eduardo Giorgetti