Ordenanza 8646. Promulgada el 15 de Septiembre de 2009. Calle o avenida López, Florencio.
Visto:
La Nota S/N, presentada en fecha 29 de Julio de 2009, por los Sres. Oscar Senés y Benito Palomo, representantes del Centro de Ex Internos Fraternales «Dr. Ernesto A. Maxit», solicitando a éste Honorable Cuerpo Deliberativo contemple la posibilidad de asignarle a la calle N° 23 del Oeste Norte el nombre de «Florencio López»; y…
Considerando:
Que dicha solicitud es motivada por la decisión de rendirle homenaje a la memoria de un inolvidable vecino de nuestra ciudad que prestó múltiples servicios comunitarios, al cumplirse éste año el centenario de su nacimiento.-
Que su aporte a nuestra ciudad se basó en solidaridad y afecto, construyendo así su reconocido y entrañable figura.-
Que es menester para éste Honorable Cuerpo gratificar a los Ex Internos Fraternales por el aporte que realizan para profundizar los valores históricos-culturales que engrandecen a nuestra ciudad.-
Que según el informe del Departamento catastro, la calle N° 23 del Oeste Norte es una calle pública, con código N° 198 y cuyo trazado comienza en Avenida J. J. Bruno al Norte.-
Que la mencionada a la fecha no se le ha asignado nombre según los da-tos registrados en dicho Departamento.-
Que por lo precedentemente es viable hacer lugar a lo solicitado por la nota referenciada en los vistos.-
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAY, ENTRE RIOS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
Artículo 1º: Asignase el nombre «Florencio López» a la calle N° 23 del Oeste Norte de la ciudad de Concepción del Uruguay.-
Artículo 2º: Notificar a los Sres. Oscar Senés y Benito Palomo, representantes del Centro de Ex Internos Fraternales «Dr. Ernesto A. Maxit» de Concepción del Uruguay, con domicilio en la calle San Martín N° 925 de ésta ciudad, por medio de la oficina de Notificaciones dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal.-
Artículo 3°: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones Presidente Juan Domingo Perón, del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, a los diez (10) días del mes de Septiembre del año dos mil nueve.
Fdo.: Carlos María Scelzi – Presidente. Miguel Angel Robina -Secretario.-
CONCEPCION DEL URUGUAY, 15 de septiembre de 2009.-
POR CUANTO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, ha sancionado la presente Ordenanza.-
POR TANTO:
Téngase por Ordenanza N° 8646 de esta Municipalidad.-
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.-
ES COPIA:
MARCELO FABIAN BISOGNI, Presidente Municipal
Marcelo Fernández Rousseaux, Secretario de Coordinación General