Ordenanza 8621. Sancionada el 1 de Julio de 2009. Calle o avenida: De la Torre, Lisandro
Visto:
Nota H-120 Libro 59 presentada en fecha 20 de Mayo de 2009, por los vecinos del Barrio Villa Las Lomas Sur, solicitando se denomine Lisandro de la Torre a calle pública, y…
Considerando:
Que su trayectoria como político, legislador y censor de los vicios políticos y económicos de su tiempo lo constituyen en una de las pocas figuras indiscutidas de la causa nacional. Defendió incluso a costa de su integridad física los derechos de la producción nacional frente al saqueo de los sectores concentrados en alianza con los capitales extranjeros. Denunció los abusos a que eran sometidos los nacionales de este país por las empresas multinacionales de la época. Pagó con la vida de uno de sus colaboradores, Enzo Bordabehere, la audacia de exponer estos hechos en el Parlamento Nacional. Renunció a la suya ante la desilusión y el ostracismo a que lo condenaron.
Que ante la necesidad de sus partidarios de rendirle su humilde homenaje, es que esta comisión accede a lo solicitado por los vecinos.-
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAY, SANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A:
Artículo 1º: Otórguese la denominación «Lisandro de la Torre» a la calle pública Nº 243, sito en Barrio Villa las Lomas Sur, entre 37 y 32 del Oeste Sur, en la ciudad de Concepción del Uruguay.
Artículo 2º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Dado en la Sala de Sesiones Presidente Juan Domingo Perón del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Concepción del Uruguay, a los once (11) días del mes de junio del año dos mil nueve. Fdo.: Carlos María Scelzi – Presidente. Miguel Angel Robina -Secretario.-
CONCEPCION DEL URUGUAY, 01 de julio de 2009.-
Registrada bajo Nº 8621 – Promulgación Automática – Art. 112º, inciso 3º, Ley 3001.- Conste.-
ES COPIA:
Dr. Mario Carballo
Director de Leg. y Asuntos Jurídicos










