La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió nuevamente el plazo para que las personas humanas y sucesiones indivisas presenten la declaración jurada correspondiente al Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025.
La nueva fecha límite quedó establecida para el 30 de octubre de 2026, según lo dispuesto por la Resolución General 5911/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial.
El organismo justificó la medida en “razones de administración tributaria” y señaló que la prórroga busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Además, indicó que la extensión está vinculada con los cambios introducidos por la denominada Ley de Inocencia Fiscal II, cuyas disposiciones tienen incidencia en la determinación del impuesto correspondiente al ejercicio 2025.
Se trata de la cuarta postergación del vencimiento. El plazo original había sido extendido primero hasta el 27 de julio, luego hasta el 22 de septiembre y posteriormente hasta el 13 de octubre.
El pago mantiene su fecha
La nueva prórroga alcanza únicamente a la presentación de la declaración jurada y no modifica el vencimiento correspondiente al pago del saldo del impuesto.
De esta manera, las fechas establecidas quedan de la siguiente forma:
- Presentación de la declaración jurada de Ganancias 2025: hasta el 30 de octubre de 2026.
- Pago del saldo resultante: se mantiene el vencimiento del 27 de julio de 2026.
Por otra parte, ARCA no dispuso una nueva extensión para el ingreso del primer anticipo del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2026. Ese vencimiento había sido postergado previamente y finalmente operó el 24 de septiembre pasado.
La medida alcanza a las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas tanto en el régimen general como en el régimen simplificado.










