La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el fraccionamiento y comercialización de una marca de productos elaborados a base de granola por incluir un ingrediente que no está permitido por el Código Alimentario Argentino (CAA) y por estar «falsamente rotulados».
La medida quedó confirmada a través de la disposición 3015/2022, publicada ayer en el Boletín Oficial que prohíbe «la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea de los productos marca Nutrinola: Granola artesanal – sin azúcar agregada – sin conservantes Energizante con maca andina marca Nutrinola, Granola artesanal – sin conservantes – 100% vegan, nombre de fantasía: Cocada; Granola artesanal – sin azúcar agregada – sin conservantes, nombre de fantasía: Tradicional; Granola tropical – 100% vegan y Granola base – apto vegano – sin conservantes», por carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento.
En los considerandos se indicó que las actuaciones se iniciaron a raíz de una denuncia recibida en el Departamento Vigilancia Alimentaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la comercialización del producto y que, de acuerdo a lo establecido por el organismo, «no cumple la normativa vigente». Frente a la denuncia, el departamento dependiente del INAL realizó una consulta a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (Sifega), a la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), para que informe si el producto estaba registrado. El organismo provincial informó que en su base de datos «no hay registros del producto». Y se indicó que el producto contenía maca que no está contemplada en el CAA.