El Ministerio de Salud de Entre Ríos dispuso una actualización de la normativa vinculada con la carrera de Enfermería, con el objetivo de adecuar las disposiciones vigentes a la Ley Nº 10.930 y su decreto reglamentario Nº 599/23.
La medida fue establecida mediante la Resolución Ministerial Nº 4908/26, que reemplaza a la Resolución Nº 2205/19 y unifica criterios para la planificación de horarios, turnos, dotación y distribución del personal de Enfermería en los establecimientos dependientes de la cartera sanitaria.
Uno de los principales instrumentos será el Sistema Integrado de Planificación en Enfermería de Entre Ríos (Sipeer), que tendrá un rol central en la organización y anticipación de las necesidades de personal.
El director general de Enfermería, Martín Nani, señaló que la planificación deberá contemplar las necesidades de atención, garantizando la continuidad y calidad del servicio, de acuerdo con la carga horaria y los períodos de descanso correspondientes.
La nueva normativa también establece pautas para el cálculo de francos y descansos por feriados y asuetos trabajados. En cuanto a las licencias, se dispone que sean reconocidas de manera íntegra como días efectivamente trabajados y queden exceptuadas del prorrateo aplicado en otras situaciones.
Respecto de la licencia anual ordinaria, su cálculo se realizará en función de las jornadas laborales que debe cumplir cada agente durante el período correspondiente y no sobre la cantidad de días hábiles establecidos para la administración pública.
Entre las disposiciones incorporadas se encuentran reglas específicas para la organización de los turnos, la realización de una única jornada laboral por día y un descanso mínimo de 12 horas entre la finalización de un turno y el inicio del siguiente. También se contempla la posibilidad de considerar pedidos de los trabajadores y garantizar un fin de semana libre, en función de la rotación y las necesidades operativas de cada establecimiento.
Asimismo, se regularán los cambios de turno y de guardia. Según explicó Nani, estas modificaciones deberán quedar debidamente registradas, aunque cada establecimiento podrá ampliar los límites establecidos mediante un acto administrativo debidamente fundamentado.
La resolución también contempla mecanismos para afrontar situaciones de ausentismo imprevisto o incrementos excepcionales de la demanda. En estos casos, la reasignación de unidad, la extensión de la jornada o las modificaciones en la planificación deberán contar con la conformidad del trabajador y quedar documentadas mediante la correspondiente constancia.
La actualización apunta además a fortalecer la digitalización de la planificación y establecer criterios comunes para la organización del personal de Enfermería en todo el sistema sanitario provincial.










