Acevedo Miño afirmó que el proyecto de reforma previsional se ajusta al marco constitucional vigente
En medio del debate legislativo sobre la reforma del sistema previsional entrerriano, el abogado constitucionalista Martín Acevedo Miño analizó la iniciativa desde una perspectiva jurídica e institucional y sostuvo que, en una evaluación preliminar, no se observan elementos que permitan cuestionar su constitucionalidad.
El exsecretario de Justicia y actual asesor técnico del Ministerio de Gobierno y Trabajo aclaró que el análisis definitivo deberá realizarse una vez concluido el proceso legislativo y sancionada la norma. Sin embargo, consideró que una primera revisión del proyecto no evidencia incompatibilidades con el marco constitucional vigente.
Acevedo Miño explicó que la Constitución Nacional no establece un único modelo previsional, sino que fija principios generales que permiten al Poder Legislativo diseñar distintas políticas públicas en la materia.
En ese sentido, señaló que los derechos reconocidos por la Constitución no son absolutos y pueden ser reglamentados mediante leyes, siempre que se respeten criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
El especialista sostuvo además que existe un amplio consenso técnico respecto de la necesidad de abordar los problemas estructurales que atraviesa el sistema previsional. Según indicó, cuando los diagnósticos coinciden en señalar desequilibrios de fondo, las respuestas requieren reformas integrales que, en algunos casos, pueden implicar modificaciones normativas sin que ello represente una vulneración de derechos constitucionales.
Asimismo, recordó un planteo del reconocido constitucionalista Germán Bidart Campos para remarcar que una medida puede resultar discutible o inconveniente para determinados sectores sin que eso implique necesariamente que sea inconstitucional.
Equilibrio fiscal y sostenibilidad
Durante su análisis, Acevedo Miño también hizo referencia a la Constitución de Entre Ríos, particularmente al artículo 35, incorporado en la reforma de 2008, que establece el equilibrio fiscal como una obligación del Estado y un derecho colectivo de la ciudadanía.
Al respecto, señaló que el reconocimiento de derechos debe coexistir con la sostenibilidad de las políticas públicas y remarcó que el equilibrio fiscal constituye un mandato constitucional que compromete a los tres poderes del Estado.
Desde esta perspectiva, consideró que cualquier reforma previsional debe analizarse contemplando tanto la protección de los derechos adquiridos como la viabilidad financiera del sistema en el largo plazo.
Finalmente, el constitucionalista sostuvo que toda organización jurídica implica la existencia de reglas, límites y condiciones para garantizar su funcionamiento, y afirmó que el desafío actual consiste en encontrar soluciones que permitan corregir los desequilibrios existentes y asegurar la sustentabilidad del régimen previsional para las futuras generaciones.










